Consejo de Estado acepta desistimiento en demanda contra la Superintendencia de Industria y Comercio
Proviene de: Sentencias
26 de mayo de 2026 22:53:21
Contexto y naturaleza de la decisión
El pasado 13 de mayo de 2026, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado profirió un auto interlocutorio en el marco de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho. La decisión se refiere a la aceptación del desistimiento de las pretensiones planteadas por una sociedad en contra de la Superintendencia de Industria y Comercio, en relación con la negación del privilegio de invención sobre una creación específica.
Antecedentes fácticos y procesales
La sociedad demandante había presentado una demanda para obtener la nulidad de dos resoluciones expedidas por la Superintendencia de Industria y Comercio, mediante las cuales se negó el reconocimiento de un privilegio de invención sobre una formulación farmacéutica de liberación controlada resistente a extracción de alcohol. La acción se ejerció bajo el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho previsto en el artículo 138 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).
Sin embargo, mediante escrito presentado el 3 de marzo de 2026, la parte demandante manifestó desistir de las pretensiones de la demanda. La solicitud fue comunicada a la entidad demandada, la cual no presentó oposición al desistimiento en la oportunidad procesal correspondiente.
Consideraciones jurídicas del Consejo de Estado
El Consejo de Estado analizó la solicitud de desistimiento con base en lo establecido en el artículo 314 del Código General del Proceso (CGP), aplicable a los procesos contenciosos administrativos conforme al artículo 306 del CPACA. Dicho artículo dispone que el demandante puede desistir de las pretensiones mientras no se haya proferido sentencia que ponga fin...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.