Logo Avance JurÍdico S.A.S

El periódico legal que te mantiene un paso adelante.

Créditos

CONTACTO

asistentecomercial@redjurista.com

Cel: +57 311 501 67 64, +57 321 775 03 85

Dirección: Carrera 6N° 26B - 85 Piso 9

Ciudad: Bogotá D.C

Representante: Carlos Eduardo Borrero González

ISSN: 3114-9065

NUESTRO ECOSISTEMA

  • Avance Jurídico Casa Editorial
  • RedJurista
  • JurIA

© 2026, Avance Jurídico ● Términos de uso ● Política de privacidad

Logo XLogo instagramLogo InLogo WhatsappLogo TikTok
x
Tamaño de Fuente
Fondo
  • Temas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Abrir menú de filtros

Filtros

  • Temas
  • Grupos de personas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Cargando...

Consejo de Estado se pronuncia sobre uso de publicidad oficial en redes sociales del Ministerio de Relaciones Exteriores

Proviene de: Sentencias

26 de mayo de 2026 22:54:59

Contexto y antecedentes del caso

La controversia se originó a partir de una acción de cumplimiento presentada por una organización de la sociedad civil contra el Ministerio de Relaciones Exteriores. La demanda se fundamentó en supuestos incumplimientos a los incisos 1, 3 y 4 del artículo 10 de la Ley 1474 de 2011, que regulan el uso de la publicidad oficial. Específicamente, se cuestionó la publicación, el 12 de septiembre de 2025, en la cuenta oficial del Ministerio en la red social X, de fragmentos de una alocución presidencial relacionados con hallazgos de la Contraloría General de la República sobre la Nueva EPS, acompañados con la etiqueta #SeRobaronLaSalud. Previo a la decisión del Consejo de Estado, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en primera instancia, había negado las pretensiones de la acción de cumplimiento, permitiendo las publicaciones en cuestión.

Decisión del Consejo de Estado y fundamentos

En su auto, la Sección Quinta revocó la providencia del Tribunal Administrativo y accedió a las pretensiones de la acción. El tribunal superior determinó que la Ley 1474 de 2011 impone a las entidades públicas dos obligaciones principales en materia de publicidad oficial: garantizar el derecho a la información de los ciudadanos en el marco de la divulgación de programas y políticas públicas, y abstenerse de usar dicha publicidad para la promoción de servidores públicos, partidos políticos o para actividades que no se relacionen con las funciones asignadas por ley. Aunque se reconoció que las publicaciones del Ministerio no tenían como finalidad promover a un servidor público o partido político, se concluyó que estos mensajes...

Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.

Ver planes disponibles

Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

Más noticias sobre Derecho Administrativo

No se encontraron sugerencias