Consejo de Estado declara nulidad por falta de vinculación de litisconsorte necesario en controversia contractual contra el ICBF
Proviene de: Sentencias
26 de mayo de 2026 22:54:56
Contexto y tribunal que profiere la decisión
El pasado 20 de mayo de 2026, la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera – Subsección B del Consejo de Estado emitió un auto en segunda instancia dentro del proceso identificado bajo el expediente número 27001-23-33-000-2014-00109-01. La providencia se originó en el recurso de apelación presentado por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) contra una sentencia condenatoria dictada por el Tribunal Administrativo del Chocó, Sala Primera de Decisión, el 27 de agosto de 2025.
Antecedentes fácticos y procesales
La controversia inició con una demanda interpuesta en 2014 por una asociación indígena que ejercía funciones como cesionaria de contratos originalmente suscritos entre el ICBF y una diócesis para la prestación del Programa de Alimentación Escolar en comunidades indígenas del Chocó. La demanda buscaba que se declarara la responsabilidad administrativa y contractual del ICBF por perjuicios derivados de la imposibilidad de ejecutar los contratos cedidos, los cuales afectaron a la asociación demandante en su cumplimiento contractual con terceros.
El Tribunal Administrativo del Chocó consideró que la cesión de los contratos se perfeccionó válidamente y condenó al ICBF por incumplimiento, reconociendo perjuicios materiales a favor de la asociación indígena. El ICBF apeló la sentencia, señalando errores en la valoración de la cesión, la falta de cumplimiento de requisitos legales y cuestionando la imputación de perjuicios.
Consideraciones principales de la providencia
El Consejo de Estado, al analizar el proceso en segunda instancia, identificó una nulidad procesal grave que afecta la validez del juicio. Se constató que la diócesis, como cedente original de los contratos y parte esencial de la controversia, no...
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