Antecedentes del caso
La Sala Plena de la Corte Constitucional analizó una acción de tutela presentada contra Colpensiones por un ciudadano de 79 años, calificado con una pérdida de capacidad laboral del 53,52% desde octubre de 2022 y con más de 300 semanas cotizadas antes de la entrada en vigencia de la Ley 100 de 1993. El solicitante pidió el reconocimiento de una pensión de invalidez bajo el principio de la condición más beneficiosa, pero Colpensiones negó la solicitud al alegar que no cumplía con el requisito de cotizar 50 semanas dentro de los tres años previos a la estructuración de la pérdida, según la Ley 860 de 2003. Fundamentos de la decisión
La Corte evaluó si la negativa de Colpensiones a aplicar de forma ultraactiva el Acuerdo 049 de 1990, basándose en el principio de la condición más beneficiosa, vulneraba derechos fundamentales como la seguridad social, el mínimo vital y la vida digna. Se recordó que, aunque la pensión de invalidez se rige generalmente por la norma vigente a la fecha de estructuración de la pérdida laboral, este principio permite aplicar un régimen anterior más favorable si el afiliado consolidó una expectativa legítima y está en situación de vulnerabilidad acentuada. Se explicó que el antiguo “test de procedencia” fue sustituido por una valoración integral, contextual y flexible de la situación real del solicitante, considerando criterios como edad, estado de salud, ingresos y barreras para acceder a condiciones de vida dignas. En el caso concreto, la Corte determinó que el solicitante se encontraba en situación de vulnerabilidad acentuada, dada su...Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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