Tribunal Superior de Medellín confirma ineficacia de traslado pensional y ordena devolución integral de aportes a Colpensiones
Proviene de: Sentencias
27 de mayo de 2026 21:52:5
Contexto y antecedentes del caso
El Tribunal Superior de Medellín, en segunda instancia, resolvió un recurso de apelación interpuesto por una administradora de fondos privados de pensiones (AFP) contra la sentencia de un juzgado laboral que declaró la ineficacia del traslado de una afiliada desde el régimen de prima media con prestación definida, administrado por Colpensiones, al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS). El proceso ordinario laboral se originó en la reclamación de la actora para que se reconociera su afiliación válida al régimen público y se ordenara la devolución total de los recursos acumulados en la cuenta individual, incluyendo rendimientos y bono pensional, además de la reactivación de su afiliación en Colpensiones.
La demandante alegó que al momento del traslado no se cumplió con el deber de información por parte de la AFP privada, lo que viciaría su consentimiento, y que la asesoría fue insuficiente, incompleta y engañosa, afectando su derecho a una elección libre e informada. Por su parte, la AFP sostuvo que la afiliación fue voluntaria y que se brindó asesoría completa, negando la obligación de devolver gastos de administración, primas de seguros previsionales y otros rubros, argumentando su carácter legal y la imposibilidad de su restitución.
Consideraciones jurídicas del Tribunal
El Tribunal Superior reiteró la doctrina de la Corte Suprema de Justicia, que ha ido perfeccionando el concepto de ineficacia de la afiliación al RAIS como un acto sin consentimiento válido debido a la ausencia de información clara, suficiente y oportuna, requisito indispensable para la validez del traslado entre regímenes pensionales. Se destaca que no basta con la firma...
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