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Tribunal Superior de Medellín confirma despido por incumplimiento de metas en contrato laboral

Proviene de: Sentencias

27 de mayo de 2026 21:52:7

Providencia de segunda instancia en materia laboral

La Sala Séptima de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín emitió una sentencia en grado de apelación, resolviendo un proceso ordinario laboral originado por la terminación unilateral del contrato de trabajo de un especialista comercial. El tribunal revisó la sentencia de primera instancia proferida por el Juzgado Noveno Laboral del Circuito de Medellín, que absolvió a la empresa demandada de las pretensiones del trabajador.

Antecedentes fácticos y procesales

El trabajador demandó a la empresa solicitando que se declarara la existencia de un contrato laboral terminado sin justa causa, y en consecuencia, la condena al pago de indemnización, prestaciones sociales y demás conceptos. La terminación unilateral del contrato se produjo alegando incumplimiento de metas de ventas establecidas en el contrato. La empresa se opuso a las pretensiones señalando que la terminación fue con justa causa, derivada del incumplimiento reiterado de las metas comerciales, pactadas expresamente en el contrato como falta grave. Además, propuso excepciones como inexistencia de obligaciones, pago, prescripción y buena fe.

Consideraciones de la sentencia

El Juzgado de primera instancia concluyó que la empresa justificó válidamente la terminación del contrato por incumplimiento reiterado de metas en los meses previos a la terminación, conducta que había sido previamente calificada como falta grave en el contrato laboral. Asimismo, estableció que no era necesario agotar un procedimiento disciplinario previo, ya que la terminación no constituía sanción disciplinaria y no existía procedimiento interno que lo exigiera. Se constató que el contrato fue liquidado conforme a la ley. En segunda instancia, el Tribunal...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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