Consejo de Estado admite demanda contra Decreto sobre Modelo de Salud Preventivo
Proviene de: Sentencias
28 de mayo de 2026 16:22:28
Contexto y naturaleza de la decisión
El pasado 25 de mayo de 2026, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en primera instancia, profirió un auto admisorio en el proceso contencioso administrativo radicado bajo el número 11001 03 24 000 2025 00328 00. La providencia admite la demanda de nulidad contra el Decreto 0858 del 30 de julio de 2025, mediante el cual se sustituyó la parte 11 del Libro 2 del Decreto 780 de 2016, relativo al Modelo de Salud Preventivo, Predictivo y Resolutivo.
Antecedentes fácticos y procesales
La demanda fue interpuesta por una ciudadana en ejercicio del medio de control de nulidad por inconstitucionalidad, conforme al artículo 237 numeral 2 de la Constitución Política y el artículo 135 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA). El acto administrativo demandado fue expedido conjuntamente por el Gobierno Nacional —representado por la Presidencia de la República— y el Ministerio de Salud y Protección Social.
El Consejo de Estado, tras la radicación inicial, requirió la subsanación de la demanda para adjuntar copia del decreto acusado y acreditar la notificación electrónica a las autoridades demandadas. Una vez cumplidos estos requisitos, se procedió a la admisión formal de la demanda.
Consideraciones jurídicas de la providencia
El auto admisorio enfatiza la aplicación del artículo 61 de la Ley 1564 de 2012, que establece la necesidad de litisconsorcio necesario para integrar el contradictorio cuando el proceso versa sobre actos jurídicos que requieren una decisión uniforme. En este caso, se determinó que para resolver la demanda es indispensable la presencia conjunta del Gobierno Nacional —conformado constitucionalmente...
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