Providencia judicial en primera instancia del Consejo de Estado
El Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, en ejercicio de la función jurisdiccional, emitió un auto mediante el cual admitió la demanda de nulidad interpuesta por el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) contra un acta de grado y el diploma correspondiente, con registro fechado el 23 de diciembre de 2022.
Dicha demanda fue presentada en ejercicio del medio de control de nulidad previsto en el artículo 137 de la Ley 1437 de 2011, Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. La admisión se fundamentó en el cumplimiento de los requisitos señalados en los artículos 161 a 166 de la misma ley.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se originó a partir del otorgamiento de un título de técnico profesional en asistencia administrativa, reflejado en un acta de grado y diploma expedidos a finales de 2022. El SENA, como entidad demandante, cuestiona la validez de estos documentos, solicitando la nulidad de los mismos. La demanda fue radicada en el Consejo de Estado, quien corresponde a la jurisdicción de lo contencioso administrativo, competente para conocer de estos asuntos en primera instancia.
Consideraciones y medidas adoptadas en la providencia
La providencia establece:
- La admisión formal de la demanda de nulidad presentada por el SENA.
- La notificación por estado a la entidad demandante.
- La notificación personal a la persona con interés directo en el proceso, en calidad de tercero con interés.
- La notificación al Ministerio Público para que intervenga en el proceso conforme a su función legal.
- La comunicación al director de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado...