Tribunal Superior de Popayán confirma validez de transacción laboral en caso de terminación por mutuo acuerdo en Alimentos Cárnicos SAS
Proviene de: Sentencias
28 de mayo de 2026 17:50:17
Contexto y antecedentes del proceso
La Sala Laboral del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Popayán conoció en apelación el recurso interpuesto por un trabajador contra la sentencia proferida por el Juzgado Promiscuo del Circuito de Caloto, que negó sus pretensiones de nulidad del acuerdo de terminación laboral y reintegro a su cargo. El proceso ordinario laboral se originó por la demanda del trabajador contra Alimentos Cárnicos SAS, buscando que se declarara la inexistencia de la terminación por mutuo acuerdo y que se reconocieran derechos laborales y sociales desde la fecha de presunta terminación.
El trabajador alegó que el acuerdo firmado no produjo efectos jurídicos, pues fue producto de coacción y que existió un despido colectivo sin la autorización del Ministerio de Trabajo. Por su parte, la empresa demandada negó los hechos y defendió la validez del acuerdo, argumentando que el contrato terminó de mutuo acuerdo y que se cumplieron todas las obligaciones laborales.
Decisión de primera instancia y fundamentos
El juez de conocimiento resolvió declarar probados los argumentos de la parte demandada, reconociendo la validez del acuerdo transaccional laboral celebrado el 21 de marzo de 2025. Se consideró que el acuerdo cumplía con los requisitos legales y jurisprudenciales, pues no recayó sobre derechos ciertos e indiscutibles sino sobre derechos eventuales y discutibles, que son transigibles. Además, se concluyó que no existió despido colectivo porque la terminación fue consensuada y no hubo obligación de solicitar autorización ministerial.
El demandante fue condenado en costas, y la sentencia fue apelada para que se revocara la decisión y se ordenara el reintegro del trabajador.
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