Consejo de Estado niega aclaración a sentencia sobre reliquidación de aportes al Sistema de Protección Social
Proviene de: Sentencias
29 de mayo de 2026 15:25:38
Contexto y tribunal competente
La providencia fue emitida por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, del Consejo de Estado, en su calidad de tribunal de segunda instancia. La decisión se refiere a un proceso contencioso administrativo instaurado mediante un medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, con radicación 17001-23-33-000-2019-00175-01, en el cual la demandante cuestionó actos administrativos dictados por la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP).
Antecedentes del caso
El litigio se originó por la modificación de autoliquidaciones de aportes al SPS correspondientes al año 2013, con aumentos en los aportes y la imposición de sanciones por inexactitud. Inicialmente, el Tribunal de Caldas negó las pretensiones en sentencia de noviembre de 2023. Sin embargo, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado revocó dicha decisión en abril de 2026, declarando la nulidad parcial de los actos administrativos en cuanto a ciertos ajustes considerados no salariales, como auxilio de transporte, taxis, alojamiento, manutención y bonificaciones a trabajadores. La sentencia ordenó la reliquidación de aportes y sanción excluyendo esos conceptos para todos los períodos del año 2013, mientras mantuvo los ajustes relativos a bonificaciones salariales.
Solicitud de aclaración de la entidad demandada
Posteriormente, la UGPP presentó una petición de aclaración y/o adición de la sentencia, argumentando que la providencia contenía inconsistencias. Indicó que, pese a que la sentencia estableció una condena en abstracto y la necesidad de promover un incidente de liquidación, en los motivos se especificaron de manera detallada los parámetros jurídicos, periodos y conceptos para realizar la reliquidación. Según la entidad, esto excluía la necesidad del trámite incidental,...
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