Consejo de Estado admite apelación en caso de reliquidación pensional contra Colpensiones
Proviene de: Sentencias
30 de mayo de 2026 15:40:16
Contexto y tribunal competente
La providencia fue emitida por la Sección Segunda - Subsección B de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, máxima instancia de lo contencioso administrativo en Colombia. La decisión corresponde a un auto proferido en segunda instancia, en el marco de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho instaurado contra la Administradora Colombiana de Pensiones – Colpensiones.
Antecedentes fácticos y procesales
El caso tiene origen en una demanda que busca la reliquidación de una pensión de jubilación, con condena en costas. La sentencia impugnada fue dictada por el Tribunal Administrativo del Tolima, cuya decisión fue apelada oportunamente por el demandante. Junto con el recurso de apelación, se aportó un historial clínico que la parte demandante pidió se tuviera en cuenta como prueba en segunda instancia.
Consideraciones de la providencia
La Sala admitió el recurso de apelación con base en lo previsto en el artículo 247 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), modificado por la Ley 2080 de 2021, al considerar que el recurso fue presentado de forma procedente y oportuna.
En relación con la prueba documental presentada, el auto aclara que esta no cumple con los criterios establecidos en el artículo 212 del CPACA para su admisión a instancia de parte en segunda instancia. Estos criterios incluyen, entre otros, que la prueba debe ser solicitada por ambas partes, debe referirse a hechos ocurridos después de las oportunidades procesales en primera instancia, o que la parte no haya podido solicitarla inicialmente por fuerza mayor o caso fortuito.
No obstante, la Sala decretó de oficio la...
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