Tribunal Superior de Valledupar confirma medidas cautelares y aprueba inventario en proceso de sucesión intestada y liquidación de sociedad conyugal
Proviene de: Sentencias
30 de mayo de 2026 15:37:33
Contexto y tribunal competente
La providencia judicial fue emitida por la Sala Civil-Familia-Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar, en segunda instancia, en el marco de recursos de apelación contra autos proferidos por el Juzgado Tercero de Familia del Circuito de Valledupar. Los autos apelados, fechados en abril y mayo de 2023, versan sobre la adopción de medidas cautelares y resolución de objeciones relacionadas con la diligencia de inventario y avalúos en un proceso de sucesión intestada y liquidación de sociedad conyugal.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se inició con la demanda presentada para la liquidación de la sociedad conyugal y apertura de sucesión intestada tras el fallecimiento del causante, quien no dejó testamento. La demanda fue interpuesta por una de las herederas reconocidas. Se solicitaron medidas cautelares consistentes en el embargo y secuestro de múltiples bienes inmuebles —entre ellos casas y predios rurales ubicados en diferentes departamentos— y de los cánones de arrendamiento y sumas de dinero vinculadas al causante y a la cónyuge sobreviviente.
El juzgado de primera instancia declaró abierto el proceso, reconoció a los herederos y al cónyuge sobreviviente, y decretó las medidas cautelares solicitadas. Durante el proceso, varios herederos y sus representantes legales presentaron inventarios, cesiones de derechos herenciales, revocatorias de poderes y objeciones al inventario y avalúos. Se plantearon recursos contra las medidas cautelares y contra la aprobación del inventario, alegando irregularidades como la inclusión indebida de bienes, falta de documentación probatoria y cuestionamientos sobre la afectación de bienes vendidos mediante cesión de derechos herenciales.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.