Providencia judicial en segunda instancia confirma condena por porte ilegal de armas
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar, mediante auto de segunda instancia, resolvió el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia proferida por el Juzgado Cuarto Penal del Circuito con funciones de conocimiento de Valledupar, que declaró penalmente responsable a un individuo por el delito de fabricación, tráfico y porte ilegal de armas de fuego o municiones, tipificado en el artículo 365 del Código Penal.
Antecedentes fácticos y procesales
Los hechos ocurrieron el 6 de octubre de 2020, cuando agentes de policía que realizaban labores de patrullaje identificaron a una persona con actitud sospechosa en una vía pública de Valledupar. Tras un registro, se le encontró en posesión de un revólver calibre 38 con cuatro cartuchos, sin permiso legal para su porte o tenencia. El capturado fue puesto a disposición de la autoridad competente.
En la etapa procesal inicial, el Juzgado Tercero Penal Municipal con funciones de control de garantías legalizó la captura, formuló imputación y dictó medida de aseguramiento privativa de la libertad. Posteriormente, la Fiscalía radicó el escrito de acusación ante el Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Valledupar, que avocó conocimiento del caso. Durante el juicio oral, celebrado entre 2024 y 2026, la Fiscalía presentó testimonios policiales y periciales en balística, además de pruebas documentales que acreditaron la materialidad del delito y la ausencia de permiso para el porte del arma.
La defensa técnica ejerció el derecho a la contradicción probatoria, incorporando la declaración del procesado, quien negó portar el arma y denunció presuntos maltratos y motivaciones personales en su contra por parte de los policías capturantes. Sin embargo, no se aportaron pruebas adicionales que respaldaran esta versión.
Consideraciones centrales de la Sala de Decisión Penal
En su análisis, la Sala recordó que bajo el sistema acusatorio vigente, corresponde a la Fiscalía demostrar la responsabilidad penal más allá de toda duda razonable, mientras que la defensa debe aportar elementos para controvertir dicha evidencia. El tribunal encontró que la defensa no logró sustentar una hipótesis alterna plausible ni aportar pruebas objetivas que desvirtuaran la versión de los policías capturantes.
Los testimonios de los agentes que efectuaron la captura fueron valorados como claros, coherentes y sin contradicciones relevantes, detallando las circunstancias en que se sorprendió al acusado portando el arma sin autorización. Asimismo, el perito en balística confirmó la idoneidad y letalidad del revólver y los cartuchos incautados.
La Sala enfatizó que la negativa del procesado a aceptar cargos y la insistencia en su inocencia no constituyen por sí mismas un argumento suficiente para generar duda razonable, especialmente ante la robusta evidencia presentada por la Fiscalía.
Finalmente, el tribunal concluyó que la sentencia de primera instancia se fundamentó en una valoración probatoria sólida, coherente y conforme a la ley, por lo que procedió a confirmar la condena y las sanciones impuestas, incluyendo la pena privativa de la libertad y las sanciones accesorias relacionadas con la inhabilitación para ejercicio de derechos y la prohibición para tenencia y porte de armas.
Decisión y recursos
La Sala de Decisión Penal confirmó, por unanimidad, la sentencia condenatoria proferida el 24 de febrero de 2026 por el Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Valledupar. Contra esta decisión procede el recurso de casación en los términos legales. Ejecutoriada la sentencia, se ordenó la devolución del expediente al juzgado de origen para los trámites correspondientes.
Esta providencia reafirma la importancia de la valoración integral y rigurosa de la prueba en procesos penales relacionados con la seguridad ciudadana y el porte ilegal de armas de fuego, así como la observancia estricta del principio de presunción de inocencia y la carga probatoria en el sistema acusatorio colombiano. Con esta decisión, el Tribunal Superior envía un mensaje claro sobre la tolerancia cero frente a conductas que ponen en riesgo la convivencia y la seguridad pública en la región.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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