Entidades emisoras y contexto legal
La Resolución 5491 de 2026 fue expedida por la Registraduría Nacional del Estado Civil el 27 de mayo de 2026 y publicada en el Diario Oficial No. 53.504 el 28 de mayo del mismo año. El documento responde a la convocatoria realizada por el gobernador de Boyacá, mediante el Decreto número 0402 del 27 de mayo de 2026, para llevar a cabo una nueva elección de alcalde en el municipio de Tunja.
El fundamento legal principal para esta resolución se encuentra en la Constitución Política de Colombia, en particular en el inciso 2° del artículo 314, que establece la obligatoriedad de elegir un nuevo alcalde cuando se presenta falta absoluta con más de 18 meses restantes en el período. Asimismo, se apoyó en el Decreto Ley 1010 de 2000, que otorga a la Registraduría la función de dirigir y organizar procesos electorales y elaborar calendarios respectivos.
Objeto y destinatarios de la resolución
El principal objetivo de la resolución es fijar un calendario detallado que regule las fases y actividades previas y posteriores a la elección de alcalde en Tunja. Este calendario asegura el debido proceso y la participación ciudadana, estableciendo plazos para la inscripción y modificación de candidatos, el registro de comités, la designación de jurados y testigos electorales, y los escrutinios correspondientes.
El destinatario general de esta resolución son los partidos políticos, movimientos, grupos significativos de ciudadanos, comités promotores del voto en blanco, organismos electorales y la ciudadanía del municipio de Tunja. La regulación clara de estos procedimientos es vital para garantizar la transparencia y legitimidad del proceso electoral local.
Decisiones y regulaciones principales
La resolución establece un cronograma con fechas precisas para cada etapa del proceso electoral, desde el inicio del registro de comités inscriptores el 27 de mayo de 2026 hasta la jornada electoral el 26 de julio de 2026 y los posteriores escrutinios.
Entre las principales disposiciones destacan:
- Inscripción de candidaturas para partidos, movimientos y grupos significativos del 28 de mayo al 11 de junio de 2026.
- Período para modificación de candidaturas entre el 12 y 19 de junio de 2026.
- Publicación de listas de candidatos y remisión para certificación de inhabilidades el 21 de junio de 2026.
- Designación de delegados, jurados de votación y testigos electorales en fechas establecidas entre el 3 y el 19 de julio de 2026.
- Inicio de inmunidad para miembros de comisiones escrutadoras y escrutinios municipales tras la votación.
Asimismo, se detallan los soportes legales que respaldan cada etapa, como la Ley Estatutaria 1475 de 2011, el Decreto Ley 2241 de 1986 (Código Electoral), y la Ley 6ª de 1990, entre otros.
Impacto y vigencia
La resolución garantiza que el proceso electoral para elegir al nuevo alcalde de Tunja se realice conforme a las normas vigentes, asegurando la participación democrática y el respeto a los derechos políticos de los ciudadanos. Además, establece mecanismos para prevenir y corregir inhabilidades de los candidatos y para la transparencia en la organización y ejecución de la elección.
Finalmente, la resolución ordena su comunicación inmediata a autoridades judiciales, electorales y administrativas relacionadas, y entra en vigor desde su publicación, asegurando así la pronta aplicación del calendario electoral.
| Fecha |
Actividad |
Base Legal |
| 27 de mayo de 2026 |
Inicio de registro de comités inscriptores y recolección de apoyos |
Decreto 0402 de 2026, Resolución 4662 de 2016 |
| 28 de mayo – 11 de junio de 2026 |
Inscripción de candidatos |
Ley Estatutaria 1475 de 2011, Resolución 4662 de 2016 |
| 12 – 19 de junio de 2026 |
Modificación de candidaturas |
Ley Estatutaria 1475 de 2011 |
| 21 de junio de 2026 |
Publicación de listas y certificación de inhabilidades |
Ley Estatutaria 1475 de 2011 |
| 3 – 19 de julio de 2026 |
Designación de delegados, jurados y testigos electorales |
Ley Estatutaria 1475 de 2011 |
| 26 de julio de 2026 |
Elección de alcalde en Tunja |
Decreto 0402 de 2026, Ley Estatutaria 1475 de 2011 |