Logo Avance JurÍdico S.A.S

El periódico legal que te mantiene un paso adelante.

Créditos

CONTACTO

asistentecomercial@redjurista.com

Cel: +57 311 501 67 64, +57 321 775 03 85

Dirección: Carrera 6N° 26B - 85 Piso 9

Ciudad: Bogotá D.C

Representante: Carlos Eduardo Borrero González

ISSN: 3114-9065

NUESTRO ECOSISTEMA

  • Avance Jurídico Casa Editorial
  • RedJurista
  • JurIA

© 2026, Avance Jurídico ● Términos de uso ● Política de privacidad

Logo XLogo instagramLogo InLogo WhatsappLogo TikTok
x
Tamaño de Fuente
Fondo
  • Temas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Abrir menú de filtros

Filtros

  • Temas
  • Grupos de personas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Cargando...

Decreto 0545 de 2026: Directrices para el Ordenamiento Ambiental de la Sabana de Bogotá por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Proviene de: Decretos

1 de junio de 2026 14:45:18

Contexto y fundamento legal

El Decreto 0545 de 2026, emitido por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible el 29 de mayo de 2026, se fundamenta en las facultades constitucionales conferidas al Presidente de la República, particularmente en el artículo 189 numeral 11 de la Constitución Política, y en desarrollo de los artículos 5 y 61 de la Ley 99 de 1993. La Sabana de Bogotá fue declarada área de interés ecológico nacional con destinación prioritaria agropecuaria y forestal, lo que exige un régimen especial de protección y ordenamiento ambiental para preservar su biodiversidad, recursos hídricos y patrimonio natural. Este marco normativo responde a la necesidad de enfrentar el acelerado deterioro ambiental que ha sufrido la Sabana debido a la urbanización descontrolada, la pérdida de áreas rurales y agropecuarias, y la degradación de ecosistemas estratégicos, aspectos que ponen en riesgo la sostenibilidad territorial y el bienestar de la población.

Objeto y ámbito de aplicación

El decreto tiene por objeto establecer directrices para el ordenamiento ambiental de la Sabana de Bogotá que garanticen su integridad ecológica, impulsen la resiliencia territorial y adapten la región al cambio climático. Se aplica a un territorio conformado por 31 municipios de Cundinamarca y parte del Distrito Capital, definidos conforme a mapas oficiales y documentos técnicos anexos al decreto. Estas directrices son normas de orden superior y deben ser incorporadas en la formulación, revisión y adopción de los instrumentos de ordenamiento territorial, ambiental y de manejo de cuencas, como los planes de ordenamiento territorial (POT), planes estratégicos metropolitanos y planes de manejo de cuencas hidrográficas (POMCA)....

Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.

Ver planes disponibles

Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

Más noticias sobre Medio Ambiente

No se encontraron sugerencias