Contexto y antecedentes procesales
El 10 de noviembre de 2025, el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) presentó ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado una demanda por nulidad contra el diploma número 10454093, expedido el 23 de diciembre de 2022 por el Centro Tecnológico de la Amazonia del SENA Regional Caquetá. El diploma otorgaba el título de “Auxiliar en Mercadeo” a un aprendiz de la entidad, cuestionándose su legalidad.
La demanda se fundamenta en la presunta falta de cumplimiento de los requisitos documentales y formativos, especialmente en lo pertinente a la culminación y aprobación de la etapa productiva para la obtención del título. Adicionalmente, se advirtió la ausencia del acta de grado que respalde la expedición del diploma, situación que pone en duda la validez del título otorgado.
Fundamentos jurídicos de la admisión de la demanda
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, encontró que el diploma cuestionado configura un acto administrativo de contenido particular y concreto, ya que define una situación jurídica individual para el aprendiz beneficiado. En atención a ello, la demanda se encuadra dentro del medio de control de nulidad previsto en el artículo 137 del CPACA.
Aunque normalmente para actos de esta naturaleza el procedimiento adecuado sería la nulidad y restablecimiento del derecho, el Consejo de Estado identificó una excepción prevista en el numeral 3 del artículo 137 del CPACA. Esta excepción permite adelantar la nulidad cuando los efectos nocivos del acto administrativo puedan afectar gravemente el orden público, político, económico, social o ecológico.
El tribunal consideró que la expedición irregular del título de “Auxiliar en Mercadeo” tiene potenciales repercusiones graves no solo en la confianza pública hacia la entidad educativa sino también en el mercado laboral y la vida productiva del país. Por ello, a pesar de tratarse de un acto particular, la gravedad de sus efectos justifica la admisión y tramitación de la demanda bajo el medio de control de nulidad.
Decisión adoptada y pasos procesales
Con base en el análisis de los requisitos legales, la Sala resolvió admitir la demanda de nulidad contra el diploma expedido por el SENA. Se ordenó notificar a la parte actora, al aprendiz directamente interesado, y al agente del Ministerio Público, conforme a lo previsto en el CPACA.
Además, se requirió a la entidad demandada para que allegue dentro del término correspondiente el expediente administrativo relacionado con la expedición del diploma, a fin de que se evalúen los antecedentes del acto cuestionado.
Por último, se dispuso la publicación del proceso en el sitio web de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo para informar a la comunidad, conforme a lo establecido en el numeral 5 del artículo 171 del CPACA.
Esta decisión marca un precedente en la vigilancia de la legalidad en la expedición de títulos profesionales y técnicos por parte de entidades educativas públicas, reafirmando la importancia de garantizar que dichos actos cumplan con todos los requisitos formales y sustanciales para proteger tanto el orden público como los derechos de los ciudadanos. El proceso continuará con el análisis detallado del expediente administrativo y la presentación de pruebas por las partes involucradas, con el fin de determinar la validez definitiva del diploma en cuestión.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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