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Consejo de Estado admite demanda de nulidad electoral contra elección de representante a la Cámara por Putumayo

Proviene de: Sentencias

2 de junio de 2026 2:12:52

Providencia judicial en nulidad electoral: admisión de demanda y decisión sobre medida cautelar

La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta del Consejo de Estado, con competencia para conocer en única instancia los procesos de nulidad electoral, resolvió mediante auto la admisión de una demanda presentada contra el acto administrativo que declaró la elección de un representante a la Cámara por el departamento de Putumayo para el periodo 2026-2030. Además, decidió negar la medida cautelar de suspensión provisional solicitada sobre dicho acto.

Antecedentes fácticos y procesales

La demanda fue interpuesta por un ciudadano en ejercicio del control judicial previsto en el artículo 139 de la Ley 1437 de 2011, con el objetivo de que se declarara la nulidad del formulario E-26 CAM, relativo a la elección cuestionada. El demandante argumentó que la lista inscrita para la elección no respetó los resultados de una consulta interna realizada por un movimiento político previamente conformado por la fusión de varios partidos, y que la coalición inscrita para las elecciones vulneró la prohibición de integrar coaliciones con agrupaciones políticas que hubieran superado el 15% de los votos válidos en elecciones anteriores, conforme al artículo 28 de la Ley 1475 de 2011. El demandante alegó violaciones a los artículos 107 y 263 de la Constitución Política, así como a los artículos 275 de la Ley 1437 de 2011 y 7, 28 y 29 de la Ley 1475 de 2011, en lo relacionado con el desconocimiento de la consulta interna y la conformación irregular de la coalición electoral. Se requirió a la Registraduría Nacional del Estado...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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