Tribunal Superior de Neiva revoca absolución y condena a miembros del Ejército y la Policía por desaparición forzada y homicidio
Proviene de: Sentencias
3 de junio de 2026 5:0:7
Contexto y antecedentes procesales
La providencia fue dictada por el Tribunal Superior de Neiva, en segunda instancia penal, tras la apelación interpuesta por la Fiscalía General de la Nación contra la absolución dictada en primera instancia por el Juzgado 1° Penal del Circuito Especializado de Neiva. Los hechos se remontan a una privación ilegal de la libertad seguida de desaparición y muerte de una persona civil ocurrida en 2009, en el departamento del Huila. La Fiscalía acusó a varios integrantes del Batallón de Infantería N° 27 Magdalena del Ejército Nacional y agentes de la Policía Nacional, quienes presuntamente participaron en un plan criminal coordinado para secuestrar, desaparecer y asesinar a la víctima.
Hechos y acusación
Según la acusación, miembros de una organización criminal conformada por militares y policías, al mando del Suboficial del Batallón Magdalena, llevaron a cabo la detención ilegal de la víctima bajo el pretexto de una requisa. Posteriormente, la víctima fue entregada a militares que lo mantuvieron privado de la libertad hasta su muerte, cuyo cadáver fue hallado días después en avanzado estado de descomposición en el río Magdalena. La Fiscalía imputó a los procesados los delitos de concierto para delinquir agravado, desaparición forzada agravada, tortura agravada y homicidio agravado, en calidad de coautores.
Decisión de primera instancia y apelación
El juzgado de primera instancia absolvió a los acusados, argumentando que aunque se demostró la materialidad del homicidio y la desaparición forzada, no se acreditó la responsabilidad directa de los procesados, y que existían contradicciones en los testimonios que restaban credibilidad a las pruebas de cargo. Ante esta decisión, la Fiscalía interpuso recurso de apelación solicitando la revocatoria del fallo para imponer condenas conforme a la acusación inicial.
Consideraciones y fundamentos de la Sala de segunda instancia
El Tribunal Superior de Neiva realizó un análisis integral del material probatorio, incluyendo testimonios directos de testigos presenciales que describieron la privación ilegal de la libertad y la entrega de la víctima a militares, así como pruebas periféricas que evidenciaron la existencia de un grupo criminal estable liderado por el Suboficial del Batallón Magdalena. La Sala valoró especialmente el testimonio del informante del Ejército, quien identificó al líder militar como partícipe activo en la retención de la víctima.
En cuanto a la tortura, la Sala concluyó que no se acreditó su comisión debido al estado de descomposición del cadáver y la ausencia de pruebas específicas. Por otro lado, se reconoció que la desaparición forzada y el homicidio constituyen delitos de lesa humanidad, conforme al Estatuto de Roma y precedentes jurisprudenciales, dado que fueron cometidos en un contexto de ataque sistemático contra la población civil por agentes estatales.
El Tribunal revocó el fallo absolutorio para condenar a los miembros de las fuerzas armadas y policiales como coautores de concierto para delinquir agravado, desaparición forzada agravada y homicidio. Se impuso una pena total de 632 meses de prisión, inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por 240 meses y multa correspondiente a 4.666,66 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Salvamento de voto
Uno de los magistrados emitió un salvamento parcial de voto, coincidiendo con la condena impuesta al líder militar pero discrepando respecto a los demás procesados. Argumentó que no se superó el estándar probatorio para establecer su responsabilidad penal más allá de toda duda razonable, destacando la insuficiencia de prueba directa y la existencia de dudas razonables en cuanto a la participación individual de los agentes policiales.
Conclusiones legales y procedimiento ulterior
La sentencia reconoce la gravedad de los hechos y la responsabilidad estatal en la comisión de graves violaciones de derechos humanos, reconociendo la naturaleza de lesa humanidad de los delitos. Se ordena la captura de los condenados para el cumplimiento de la pena y se dispone la compulsión de copias para investigar a otros posibles responsables. La decisión puede ser impugnada mediante los recursos previstos en la ley, en particular por los condenados y la Fiscalía.
Esta providencia constituye un ejemplo relevante en la aplicación del derecho penal y la justicia transicional en Colombia, reafirmando el compromiso judicial con la sanción de crímenes cometidos en contextos de conflicto y la protección de los derechos fundamentales de la población civil. Con esta sentencia, el Tribunal Superior de Neiva envía un mensaje claro sobre la intolerancia hacia la impunidad en casos de violaciones graves a los derechos humanos y el compromiso de la justicia con la reparación y verdad para las víctimas y sus familias.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.