Tribunal Superior de Riohacha confirma condena a clínica por incumplimiento en pago de salarios y prestaciones sociales
Proviene de: Sentencias
3 de junio de 2026 5:0:9
Contexto y competencia del tribunal
La Sala Civil, Familia y Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Riohacha, integrada por tres magistrados y presidida por el magistrado ponente, dictó sentencia en segunda instancia dentro de un proceso ordinario laboral. Esta decisión resuelve el recurso de apelación presentado por la parte demandada contra la sentencia inicial del Juzgado Primero Laboral del Circuito de Riohacha, emitida en febrero de 2025.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se originó con la demanda interpuesta por una trabajadora contra una clínica, en la cual se solicitó el reconocimiento de la existencia de contratos laborales —un término fijo y otro indefinido— y el pago de salarios adeudados correspondientes a varios meses de 2018 y 2019, además de prestaciones sociales como cesantías, intereses, primas, vacaciones, y la indemnización moratoria prevista en el artículo 65 del Código Sustantivo del Trabajo.
La trabajadora alegó que, pese a haber cumplido con sus obligaciones contractuales, la empleadora incumplió reiteradamente el pago de salarios y prestaciones sociales. La relación laboral terminó tras la presentación de una carta de renuncia motivada por dicho incumplimiento.
En primera instancia, el juzgado encontró acreditada la existencia del vínculo laboral continuo entre las partes, así como la mora en el pago de las acreencias laborales, ordenando a la clínica el pago de salarios y prestaciones sociales reclamados, junto con la indemnización moratoria.
El recurso de apelación presentado por la parte demandada alegó la prescripción de las acreencias laborales debido al tiempo transcurrido desde la finalización de los contratos y sostuvo que la indemnización moratoria no procedía, argumentando buena fe y dificultades financieras como causa justificativa del incumplimiento.
Consideraciones jurídicas de la sentencia
En su análisis, la Sala Superior confirmó la competencia y procedencia para resolver el recurso de apelación. En cuanto a la prescripción alegada, la Sala sostuvo que, conforme a las normas procesales y laborales aplicables, la prescripción es una excepción de mérito que debe ser opuesta oportunamente en la contestación de la demanda. Dado que la parte demandada no ejerció su derecho de defensa ni propuso dicha excepción en tiempo, el tribunal consideró improcedente el estudio de la prescripción en esta etapa procesal.
Respecto a la existencia de la relación laboral, el tribunal recordó que el contrato de trabajo se configura por la concurrencia de tres elementos esenciales: la prestación personal del servicio, la subordinación jurídica y la remuneración. Se reitera la presunción legal de la existencia de la relación laboral cuando se acredita la prestación del servicio, trasladando la carga probatoria al empleador para demostrar autonomía o independencia, lo cual no ocurrió.
Sobre la indemnización moratoria del artículo 65 del Código Sustantivo del Trabajo, la Sala destacó que esta sanción no es automática ante el incumplimiento, sino que requiere un análisis riguroso de la conducta del empleador. La indemnización procede cuando se acredita mala fe, entendida como un incumplimiento arbitrario o injustificado de las obligaciones laborales.
En este caso, la parte demandada no aportó pruebas suficientes que acreditaran la existencia de una crisis financiera o administrativa que justificara objetivamente la mora en el pago, ni demostró diligencia para superar tales dificultades. La omisión de contestar la demanda y de presentar pruebas en primera instancia reforzó la conclusión de mala fe.
Decisión final
El Tribunal Superior confirmó la sentencia de primera instancia que reconoció la relación laboral y condenó a la clínica al pago de salarios, prestaciones sociales e indemnización moratoria, además de imponer las costas del proceso a la parte apelante.
Esta decisión subraya la importancia del respeto a los términos procesales y la carga probatoria en procesos laborales, así como el alcance y requisitos para la aplicación de la indemnización moratoria frente a incumplimientos salariales. De esta manera, se fortalece la protección de los derechos laborales y se envía un mensaje claro sobre la responsabilidad de los empleadores en el cumplimiento de sus obligaciones contractuales y legales.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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