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Tribunal Superior de Santa Marta confirma sentencia sobre existencia de contrato laboral en proceso contra cooperativa pesquera

Proviene de: Sentencias

3 de junio de 2026 5:0:42

Providencia judicial en segunda instancia sobre contrato laboral y prestaciones sociales

El pasado 24 de abril de 2026, la Sala Primera de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Marta, conformada por dos magistradas y un magistrado ponente, emitió una sentencia en calidad de grado jurisdiccional de consulta dentro del proceso ordinario laboral seguido contra una cooperativa comercializadora de productos pesqueros. Esta decisión confirmó la sentencia proferida el 20 de febrero de 2025 por el Juzgado Único Laboral del Circuito de Ciénaga.

Antecedentes fácticos y procesales

El proceso tiene como objeto principal determinar la existencia de un contrato de trabajo a término indefinido entre un trabajador fallecido y la cooperativa demandada, presuntamente vigente desde agosto de 2003 hasta septiembre de 2004. Como consecuencia de este vínculo laboral, las demandantes solicitaron el reconocimiento y pago de la pensión sanción, pensión de sobrevivientes, indemnizaciones por muerte en ejercicio de funciones y sanciones por la falta de afiliación al Sistema de Seguridad Social Integral, así como intereses moratorios y costas procesales. En primera instancia, el juzgado declaró la existencia del contrato laboral, pero negó las pretensiones relacionadas con la pensión de sobrevivientes y otras indemnizaciones, argumentando la falta de cumplimiento de requisitos legales para su procedencia y ausencia de pruebas que vinculen a la cooperativa con la muerte del trabajador. Durante el proceso, la cooperativa, representada por un curador ad litem, reconoció hechos relevantes como la convivencia de la demandante con el trabajador, el vínculo laboral y las fechas de contratación y fallecimiento, pero no se opuso a que se...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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