Tribunal Superior de Santa Marta confirma estabilidad laboral reforzada y ordena reintegro en caso contra Nueva EPS
Proviene de: Sentencias
3 de junio de 2026 5:1:4
Contexto y naturaleza de la decisión
La Sala Segunda Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Marta dictó una sentencia de segunda instancia en un proceso ordinario laboral contra Nueva EPS. La decisión analiza una apelación interpuesta por la demandada tras la condena en primera instancia por despido injustificado y violación de la estabilidad laboral reforzada de la trabajadora.
Antecedentes fácticos y procesales
La demandante, quien se desempeñaba como promotora integral de salud desde marzo de 2019, fue despedida unilateralmente en noviembre de 2022 sin que mediara una justa causa comprobada. Durante el vínculo laboral, la trabajadora fue sometida a una mastectomía radical debido a un tumor maligno y presentó posteriores limitaciones físicas y trastornos de ansiedad y depresión, con recomendaciones médicas específicas para adaptar sus labores.
La demandante reclamó el reconocimiento del contrato laboral vigente, indemnización por despido sin justa causa, pago de salarios y prestaciones sociales no recibidos, además de su reintegro al cargo. En primera instancia, el juzgado encontró que el despido fue injustificado y discriminatorio, ordenando el reintegro y el pago de indemnización conforme al artículo 26 de la Ley 361 de 1997, que protege la estabilidad laboral reforzada de personas con discapacidad.
La demandada apeló la decisión, argumentando que la trabajadora no gozaba de la estabilidad laboral reforzada al momento del despido, que no existía conocimiento suficiente de las limitaciones, y que las incapacidades médicas eran transitorias. Además, sostuvo que la orden de tutela era transitoria y criticó la condena económica por presunto enriquecimiento sin causa.
Consideraciones jurídicas y fundamentos de la sentencia
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.