Tribunal Superior de Villavicencio revoca sentencia sobre derecho a pensión de sobrevivientes y ordena pago retroactivo a favor de demandante
Proviene de: Sentencias
3 de junio de 2026 5:0:47
Providencia y contexto procesal
La providencia judicial analizada corresponde a una sentencia emitida por el Tribunal Superior de Villavicencio, Sala Laboral, en segunda instancia, tras recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra la decisión inicial del Juzgado 1° Laboral del Circuito de Villavicencio. La sentencia original, dictada el 23 de abril de 2025, negó el derecho a la pensión de sobrevivientes y absolvió a la entidad administradora de pensiones demandada, en atención a los requisitos legales vigentes al momento del fallecimiento del causante.
Antecedentes fácticos y procesales
La demandante instauró acción ordinaria laboral solicitando el reconocimiento de la pensión de sobrevivientes, en calidad de cónyuge supérstite, así como el pago retroactivo de las mesadas desde la fecha de fallecimiento del afiliado. La entidad administradora de pensiones contestó la demanda negando el derecho, argumentando que el causante no cumplió con el número mínimo de semanas cotizadas exigidas por la Ley 797 de 2003 para acceder a dicha pensión. Además, propuso varias excepciones, entre ellas la prescripción y la inexistencia del derecho reclamado.
El Juzgado de primera instancia declaró fundados los medios excepcionales presentados por la entidad, absolviéndola de las pretensiones y condenándola en costas. La demandante apeló la decisión, invocando el principio de favorabilidad y argumentando que el causante cumplió con los requisitos normativos previos, entre otros fundamentos.
Consideraciones jurídicas principales
La Sala de Decisión Laboral del Tribunal Superior se centró en dilucidar cuatro aspectos: (i) la procedencia del derecho a la pensión de sobrevivientes; (ii) el reconocimiento del pago retroactivo; (iii) la existencia o no de prescripción sobre las mesadas adeudadas; y (iv) la...
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