Personas naturales no residentes pueden depurar pasivos externos en el impuesto al patrimonio
Proviene de: Oficios
4 de junio de 2026 15:35:56
Alcance de la consulta y contexto normativo
La Subdirección encargada de resolver consultas sobre interpretación y aplicación de normas tributarias de la DIAN emitió una doctrina general sobre el impuesto al patrimonio para personas naturales no residentes fiscales. La consulta giró en torno a si estos contribuyentes pueden depurar pasivos contraídos con entidades financieras del exterior cuando dichos recursos se destinaron exclusivamente a la adquisición de activos en territorio colombiano.
Según el Estatuto Tributario, las personas naturales no residentes solo están gravadas respecto de sus bienes poseídos en Colombia. El impuesto se calcula sobre el patrimonio neto a 1° de enero del año gravable, entendiendo patrimonio neto como la diferencia entre patrimonio bruto y las deudas fiscalmente aceptadas.
Requisitos para la depuración de pasivos externos
Para que los pasivos externos puedan ser deducidos de la base gravable, deben cumplir con las siguientes condiciones:
- Ser obligaciones ciertas, expresas y exigibles a la fecha de causación del impuesto (1° de enero del año gravable).
- Estar debidamente soportados y acreditados conforme a la normativa fiscal vigente.
- Que los recursos obtenidos hayan sido destinados a la adquisición de activos poseídos en Colombia.
- Existir una relación económica directa y funcional entre el pasivo y los bienes ubicados en territorio nacional.
La normativa no distingue entre acreedores nacionales o extranjeros, ni limita la procedencia del pasivo por su ubicación territorial, siempre que se cumplan estos requisitos.
Implicaciones prácticas
Esta interpretación permite a las personas naturales no residentes fiscales disminuir su patrimonio líquido gravable en Colombia con los pasivos externos que hayan financiado activos en el país, lo que puede tener un impacto significativo...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.