Tribunal Superior de Sincelejo confirma sentencia sobre clasificación laboral en Empresa Social del Estado
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4 de junio de 2026 23:13:9
Contexto y antecedentes del caso
La Sala Tercera de Decisión Laboral del Tribunal Superior de Sincelejo dictó sentencia en segunda instancia respecto al recurso de apelación presentado contra una decisión del Juzgado Primero Laboral del Circuito de Corozal, Sucre. El proceso fue iniciado por un empleado que reclamó el reconocimiento de una relación laboral continua y el pago de prestaciones sociales y diferencias salariales, alegando haber prestado sus servicios como conductor desde septiembre de 2017 hasta diciembre de 2020.
El demandante argumentó que, a pesar de la formalización de diversos contratos a término fijo, su vinculación fue continua e ininterrumpida y que cumplía jornadas laborales extensas, incluyendo turnos nocturnos y fines de semana. Reclamó también el pago de horas extras, recargos, prestaciones sociales y la indemnización por despido injusto.
Decisión en primera instancia y recurso de apelación
El Juzgado Primero Laboral del Circuito de Corozal negó las pretensiones del demandante, argumentando que, según la legislación y jurisprudencia aplicables, la función desempeñada no encuadraba dentro de las labores propias de trabajadores oficiales, sino que correspondía a la categoría de empleados públicos. En consecuencia, no existía contrato de trabajo regido por las normas laborales solicitadas.
El apelante sostuvo que además de conducir, desempeñaba funciones de celador y camillero, lo que, según su interpretación, le confería la calidad de trabajador oficial. Para sustentar esta tesis, citó conceptos de la Función Pública y circulares ministeriales que incluyen actividades de transporte, vigilancia y apoyo operativo dentro del régimen de trabajadores oficiales.
Fundamentos jurídicos y análisis de la Sala Superior
El Tribunal Superior recordó que las Empresas Sociales del Estado (ESE) son entidades...
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