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Tribunal Superior de Cali confirma improcedencia de retracto litigioso en cesión de crédito con título valor

Proviene de: Sentencias

4 de junio de 2026 23:13:39

Contexto y naturaleza de la decisión

El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, en su Sala Civil, emitió una decisión sobre el recurso de apelación interpuesto contra un auto proferido por el Juzgado Primero Civil del Circuito de Ejecución de Sentencias de Cali. El auto en cuestión negó un incidente de retracto litigioso presentado por la parte demandada. La providencia es de carácter interlocutorio (auto) y se inscribe en el marco de un proceso ejecutivo con garantía hipotecaria.

Antecedentes fácticos y procesales

El proceso se originó a partir de una demanda ejecutiva presentada por una entidad bancaria para hacer efectiva una garantía hipotecaria sobre ciertos inmuebles. Tras el trámite inicial, el juzgado de circuito dictó sentencia ordenando continuar con la ejecución del título ejecutivo, un pagaré. Posteriormente, la cesión del crédito contenido en dicho pagaré fue otorgada a una sociedad que asumió la posición del acreedor ejecutante. La parte demandada, representada por la fiduciaria encargada del patrimonio autónomo del fideicomiso afectado, interpuso un incidente de retracto litigioso. Este mecanismo, previsto en los artículos 1971 y 1972 del Código Civil, permite al deudor retractarse de una cesión de derechos litigiosos dentro de un plazo específico. La demandada solicitó que se declarara procedente dicho incidente y se suspendiera el remate de los inmuebles hasta que se resolviera el asunto. El juzgado de primera instancia negó el incidente, argumentando que el derecho objeto de cesión ya había sido reconocido mediante sentencia ejecutoriada y que, por tanto, no existía un derecho litigioso sino un crédito cierto y determinado. En consecuencia, la figura del...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
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