Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES) publica Circular No. 0000004 del 1 de junio de 2026 sobre modificaciones en la radicación de solicitudes de recobro por exclusiones explícitas en salud
Proviene de: Circulares
5 de junio de 2026 15:42:39
Contexto y propósito de la Circular No. 0000004 de 2026
La Circular No. 0000004 fue emitida por la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES), organismo público encargado de la administración, verificación y control de los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud. Su propósito principal es modificar aspectos específicos de la Circular 005 de 2024, en particular el literal c), para ajustar la ventana de radicación de solicitudes de recobro relacionadas con servicios y tecnologías excluidos explícitamente del plan de beneficios, según lo previsto en la Resolución 740 de 2024 del Ministerio de Salud y Protección Social.
Esta resolución establece el reconocimiento y pago vía recobro de ciertas tecnologías en salud que, aunque no financiadas con la UPC ni con cargo a los presupuestos máximos, pueden ser prescritas excepcionalmente por el médico tratante, conforme al listado técnico adjunto. La circular responde a consultas realizadas sobre la posible responsabilidad fiscal del organismo en el pago de tales servicios excluidos, involucrando a entidades como la Contraloría General de la República, la Superintendencia Nacional de Salud y el Ministerio de Salud y Protección Social, quienes confirmaron la plena vigencia y legalidad de la resolución.
Ámbito de aplicación y sujetos destinatarios
La circular está dirigida de manera explícita a las entidades recobrantes de servicios y tecnologías en salud no financiados con la UPC ni con cargo a los presupuestos máximos de los afiliados al régimen subsidiado. Estas entidades son las responsables de presentar las solicitudes de recobro ante la ADRES, ajustándose a los requisitos y soportes establecidos en la...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.