Tribunal Administrativo de Antioquia confirma sanción por incumplimiento de fallo de tutela contra gerentes de Nueva EPS
Proviene de: Sentencias
5 de junio de 2026 15:42:12
Contexto y naturaleza de la decisión
La providencia en cuestión es un auto interlocutorio consultado ante el Tribunal Administrativo de Antioquia, Sala Sexta de Oralidad, que confirma la sanción impuesta en primera instancia por el Juzgado Tercero Administrativo Oral del Circuito de Medellín. El proceso surge de un incidente de desacato promovido ante el incumplimiento de un fallo de tutela relacionado con la protección del derecho fundamental a la salud.
Antecedentes fácticos y procesales
La accionante interpuso una acción de tutela contra la Nueva EPS, alegando vulneración de sus derechos fundamentales a la salud, vida digna e igualdad. En marzo de 2026, el juzgado de primera instancia amparó dichos derechos y ordenó a la entidad que autorizara y garantizara la prestación efectiva de servicios médicos indicados por el médico tratante, sin imponer cargas administrativas adicionales, dentro de un término de 48 horas.
Al no cumplirse esta orden, la accionante solicitó la apertura de un incidente de desacato. En mayo de 2026, el Juzgado Tercero Administrativo Oral del Circuito de Medellín abrió el incidente y sancionó con multa equivalente a dos salarios mínimos legales mensuales vigentes a los gerentes regionales de salud responsables de la Nueva EPS, por incumplimiento del fallo de tutela.
Consideraciones jurídicas centrales
El desacato es un mecanismo previsto en los artículos 27 y 52 del Decreto 2591 de 1991 que permite sancionar con multa o arresto a quienes incumplen órdenes judiciales en protección de derechos fundamentales. Su finalidad principal es asegurar el cumplimiento efectivo de las sentencias de tutela y no la imposición de sanciones per se.
El Tribunal enfatiza que la sanción debe...
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