Logo Avance JurÍdico S.A.S

El periódico legal que te mantiene un paso adelante.

Créditos

CONTACTO

asistentecomercial@redjurista.com

Cel: +57 311 501 67 64, +57 321 775 03 85

Dirección: Carrera 6N° 26B - 85 Piso 9

Ciudad: Bogotá D.C

Representante: Carlos Eduardo Borrero González

ISSN: 3114-9065

NUESTRO GRUPO

  • Avance Jurídico Casa Editorial
  • RedJurista
  • JurIA

© 2024, Avance Jurídico ● Términos de uso ● Política de privacidad

Logo XLogo instagramLogo InLogo WhatsappLogo TikTok
x
Tamaño de Fuente
Fondo
  • Temas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Abrir menú de filtros

Filtros

  • Temas
  • Grupos de personas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Cargando...

Ajuste del Valor de Vivienda para Beneficiarios del Fondo de Solidaridad de la Caja Promotora Militar y de Policía en 2026

Proviene de: Acuerdos

5 de junio de 2026 19:31:17

Tipo de Acuerdo y Entidad Suscriptora

El Acuerdo 03 de 2026, firmado el 30 de abril de 2026 y publicado en el Diario Oficial No. 53.512 el 4 de junio de 2026, es un acto administrativo emitido por la Junta Directiva de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía. Esta entidad estatal tiene como función principal administrar los recursos destinados a la adquisición de vivienda para sus afiliados, quienes pertenecen a las Fuerzas Militares, la Policía Nacional y el personal civil relacionado.

Objeto y Finalidad del Acuerdo

El acuerdo tiene por objeto ajustar el valor máximo de las soluciones de vivienda que se asignan a los beneficiarios del Fondo de Solidaridad para la vigencia fiscal de 2026. Esta actualización es necesaria para adecuar los topes económicos a la realidad económica actual, tomando en consideración el incremento del salario mínimo legal vigente y otros indicadores económicos relevantes. La finalidad es garantizar que los beneficiarios puedan acceder a viviendas que respondan a sus necesidades y condiciones, manteniendo la sostenibilidad financiera del Fondo.

Ámbito de Aplicación y Categorías Beneficiarias

El ajuste aplica a todas las soluciones habitacionales adjudicadas con cargo al Fondo de Solidaridad para afiliados de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía. Se contemplan tres categorías principales:
Categoría Valor Máximo de Vivienda 2026 (COP)
Oficial $210.166.781
Suboficial / Nivel Ejecutivo $186.236.441
Soldado Profesional / Infante de Marina / Agente $180.210.169
Además, cuando el beneficiario presenta disminución de capacidad psicofísica que requiere adecuaciones especiales en la vivienda, el valor asignado incrementa en seis millones de pesos (COP 6.000.000) por categoría.

Principales Disposiciones y Compromisos

El acuerdo establece que los valores fijados constituyen el tope máximo para la negociación y adquisición de viviendas bajo la modalidad de adjudicación. También precisa la clasificación del personal civil al servicio del Ministerio de Defensa Nacional y de las Fuerzas Militares conforme al Acuerdo 11 de 2009, para efectos de asignación de categoría. Asimismo, deroga cualquier disposición anterior que sea contraria al presente ajuste.

Impacto Potencial en la Comunidad y Entidades Involucradas

Este ajuste tiene un impacto directo en la calidad de vida de los afiliados a la Caja Promotora, al permitir el acceso a soluciones habitacionales adecuadas y actualizadas conforme a las condiciones económicas vigentes. Además, fortalece la gestión financiera del Fondo de Solidaridad al establecer límites claros y actualizados para la inversión en vivienda. Para las entidades involucradas, el acuerdo contribuye a la transparencia y eficiencia en la administración de recursos públicos destinados al bienestar social del sector defensa.

Sustento Legal y Mecanismos de Seguimiento

El ajuste se fundamenta en las facultades legales conferidas a la Junta Directiva de la Caja Promotora por el Decreto Ley 353 de 1994 y sus modificaciones posteriores (Ley 973 de 2005 y Ley 1305 de 2009). También considera informes técnicos elaborados por la Subgerencia de Vivienda y Proyectos, que analizan las condiciones económicas y las necesidades del sector. El acuerdo establece que regirá desde su publicación, sin detallar mecanismos específicos de seguimiento, pero su cumplimiento es responsabilidad de la Junta Directiva y la entidad administrativa correspondiente.

Contexto Normativo y Referencias

El ajuste se encuentra en línea con la política nacional de vivienda social y prioritaria, cuyos valores se indexan al Salario Mínimo Legal Mensual Vigente según la Ley 2294 de 2023 (Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026). Además, responde a la suspensión provisional de los efectos del Decreto 1469 de 2025 sobre el salario mínimo, manteniendo un incremento del 23% para el año 2026. Este contexto económico justifica la necesidad de actualizar los valores de las viviendas para los beneficiarios del Fondo de Solidaridad. Este Acuerdo 03 de 2026 representa un paso importante para la actualización normativo-financiera de los programas de vivienda dirigidos a militares, policiales y personal civil del sector defensa, contribuyendo a la adecuada asignación de recursos y la mejor atención a sus afiliados. Con la implementación de este ajuste, se espera mejorar las condiciones de acceso a la vivienda digna y fortalecer el bienestar social de quienes sirven al país en estas instituciones.

Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.

Ver planes disponibles

Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

Más noticias sobre Vivienda

No se encontraron sugerencias