Entidades y normatividad que respaldan la resolución
La Resolución 185 de 2026, fechada el 27 de mayo y publicada en el Diario Oficial No. 53.512 de 4 de junio de 2026, fue emitida por el Gerente General encargado de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía, entidad financiera del orden nacional vinculada al Ministerio de Defensa Nacional y vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia. Esta Caja es un establecimiento de crédito de naturaleza especial con personería jurídica y autonomía administrativa, creada para brindar soluciones habitacionales al personal militar y policial.
El fundamento jurídico principal de esta resolución se encuentra en el Decreto Ley 353 de 1994, modificado por la Ley 973 de 2005 y la Ley 1305 de 2009, que establecen la estructura y los beneficios de la Caja y su Fondo de Solidaridad. Asimismo, se apoyan en el Acuerdo número 02 de 2025, que regula aspectos específicos del otorgamiento de soluciones de vivienda con cargo a este fondo.
Objeto y destinatarios de la convocatoria
El tema central de la resolución es la apertura de la trigésima cuarta convocatoria del Modelo Fondo de Solidaridad, cuyo objetivo es otorgar soluciones de vivienda a los afiliados de la Caja y sus beneficiarios. Estos incluyen oficiales, suboficiales, soldados profesionales, miembros del nivel ejecutivo, agentes y personal civil al servicio del Ministerio de Defensa Nacional, las fuerzas militares y la Policía Nacional, tanto en actividad como en retiro o pensión.
Especial atención se presta a beneficiarios que, por fallecimiento del afiliado, discapacidad o condiciones especiales, requieren una solución habitacional única y adecuada. También se contempla la participación voluntaria de soldados e infantes de marina pensionados por invalidez con anterioridad a la Ley 973 de 2005.
Decisiones y regulaciones principales
Esta resolución establece que la convocatoria estará abierta desde las 07:30 horas del 29 de mayo hasta las 17:30 horas del 30 de septiembre de 2026, durante la cual se podrán presentar postulaciones para acceder a un total de hasta diecinueve soluciones de vivienda. Este número se ajusta al Plan de Acción Institucional de la vigencia 2026 y a la disponibilidad presupuestal.
En caso de que al cierre de la convocatoria no se alcance el cupo total de soluciones por asignar, se habilitará una nueva convocatoria para cumplir con los objetivos del Plan de Acción. La selección de beneficiarios se realizará mediante acto administrativo motivado, que será publicado dentro de los quince días hábiles siguientes al cierre de la convocatoria, tanto en la página web de la entidad como en el Diario Oficial.
La resolución también delega a la Subgerencia de Vivienda y Proyectos la responsabilidad de realizar las gestiones administrativas necesarias para la publicación y cumplimiento de este acto administrativo.
Impacto y vigencia
Con esta convocatoria, la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía mantiene su compromiso institucional de facilitar el acceso a una vivienda digna para el personal que ha servido a la nación en las fuerzas militares y policiales, así como para sus beneficiarios, en cumplimiento de las disposiciones legales vigentes.
La resolución entra en vigencia a partir de la fecha de su publicación, garantizando así la pronta activación del proceso de adjudicación de viviendas en beneficio del sector al que está dirigido.
| Aspecto |
Detalle |
| Entidad emisora |
Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía |
| Resolución |
185 de 2026 |
| Fecha de emisión |
27 de mayo de 2026 |
| Objeto |
Apertura de la Trigésima Cuarta Convocatoria del Modelo Fondo de Solidaridad |
| Duración convocatoria |
29 de mayo a 30 de septiembre de 2026 |
| Soluciones de vivienda |
Hasta 19 unidades |
| Destinatarios |
Afiliados y beneficiarios del personal militar y policial según normativa vigente |