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IGAC oficializa la transferencia del servicio público catastral en Calarcá al Gestor Catastral EAT MASORA

Proviene de: Resoluciones

5 de junio de 2026 19:30:48

Entidad emisora, número y fecha de la resolución

La Resolución número 0693, emitida por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) el 3 de junio de 2026 y publicada en el Diario Oficial No. 53.512 el 4 de junio de 2026, establece la entrega del servicio público de gestión catastral del Municipio de Calarcá, Quindío, al Gestor Catastral EAT MASORA.

Tema principal y destinatarios

La resolución regula la transferencia formal de la prestación del servicio público catastral, que comprende la formación, actualización, conservación y difusión de la información catastral en Calarcá. Está dirigida principalmente a los gestores catastrales involucrados —el gestor saliente y el entrante— así como a las autoridades municipales, entidades públicas relacionadas y a la ciudadanía que depende de la adecuada gestión catastral para diversos trámites.

Objetivo de la resolución

El objetivo fundamental es oficializar la entrega del servicio público catastral al nuevo gestor, garantizando una transición ordenada y conforme a la normatividad vigente. La medida busca asegurar la continuidad del servicio, la adecuada transferencia de información y el cumplimiento de los parámetros técnicos y administrativos establecidos por el IGAC.

Decisiones y regulaciones principales

La resolución dispone:
  • La finalización del proceso de entrega de la información catastral el 3 de junio de 2026, con el cumplimiento de todas las actividades previamente programadas entre el IGAC y el gestor entrante.
  • La entrega formal del servicio público de gestión catastral al Gestor Catastral EAT MASORA a partir del 4 de junio de 2026.
  • La transferencia completa de competencias y responsabilidades sobre la gestión catastral en Calarcá al nuevo gestor.
  • La notificación al representante legal del gestor entrante, con indicación de los recursos administrativos disponibles según la Ley 1437 de 2011.
  • La comunicación de la decisión a diversas entidades relevantes, entre ellas el Municipio de Calarcá, el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), la Superintendencia de Notariado y Registro (SNR), la Agencia Nacional de Tierras (ANT), y otras autoridades relacionadas.
  • La publicación oficial de la resolución en el Diario Oficial para garantizar la transparencia y conocimiento público.
Adicionalmente, se detalló que el proceso de entrega implicó un cronograma acordado para la transferencia de información, incluyendo una prórroga hasta el 3 de junio de 2026 para atender trámites pendientes y garantizar la suspensión de términos legales necesarios para la correcta transición.

Base legal y normatividad aplicable

La resolución se fundamenta en el artículo 79 de la Ley 1955 de 2019, modificado por el artículo 43 de la Ley 2294 de 2023, que establece al IGAC como la máxima autoridad catastral nacional y regula la figura de los gestores catastrales. También se apoyó en la Resolución 1040 de 2023, que expide la resolución única de gestión catastral multipropósito y establece parámetros técnicos para la entrega del servicio, y en la Resolución 746 de 2024, que modifica aspectos procedimentales de la entrega. El Decreto 846 de 2021 y el Decreto 1983 de 2019 complementan el marco jurídico.

Modificaciones previas y términos de la entrega

La entrega del servicio sustituyó la gestión anterior y requirió la verificación del cumplimiento de criterios técnicos y administrativos por parte del gestor entrante. Se estableció un período de transición de seis meses, ajustado posteriormente a un plazo menor con el fin de agilizar el proceso. Además, se contempló la suspensión de términos administrativos diez días antes de la finalización del proceso para garantizar la integridad y legalidad de la transferencia.

Impacto potencial

Esta resolución garantiza que el Municipio de Calarcá cuente con un servicio público catastral actualizado y eficiente bajo la administración del gestor EAT MASORA. La formalización del cambio y la atención a los procedimientos técnicos aseguran la continuidad en la prestación del servicio, elemento clave para la gestión territorial, planificación urbana, fiscalización y otros procesos legales vinculados a la propiedad y el territorio. En suma, la resolución representa un paso decisivo en la regulación y administración catastral local, en consonancia con la autonomía territorial y la normatividad nacional vigente, fortaleciendo así la gestión pública y facilitando el acceso de los ciudadanos a servicios confiables y oportunos.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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