Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Atlántico admite recurso de apelación en caso contra el Ministerio del Trabajo
Proviene de: Sentencias
5 de junio de 2026 19:30:18
Contexto y antecedentes del proceso
La providencia judicial en análisis fue emitida por la Sala de Decisión “C” del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Atlántico, con sede en Barranquilla. Se trata de un auto que resuelve sobre la admisión del recurso de apelación interpuesto en un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho. La apelación fue presentada contra la sentencia proferida el 4 de marzo de 2026 por el Juzgado Doce Administrativo Oral del Circuito de Barranquilla, la cual negó las pretensiones de la demanda inicialmente presentada por una cooperativa de productores de leche en reorganización.
El proceso se originó cuando la cooperativa demandante cuestionó actuaciones administrativas del Ministerio del Trabajo en el ejercicio de sus funciones. Tras la notificación de la sentencia de primera instancia, el apoderado judicial de la cooperativa interpuso recurso de apelación el 7 de abril de 2026, siendo éste concedido mediante auto del mismo juzgado el 13 de abril de 2026. Posteriormente, el expediente fue asignado al Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Atlántico para su trámite.
Fundamentos jurídicos y consideraciones de la providencia
El Tribunal valoró la procedencia del recurso de apelación conforme al artículo 243 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (C.P.A.C.A.), modificado por el artículo 62 de la Ley 2080 de 2021, que establece que son apelables las sentencias de primera instancia dictadas por jueces y tribunales en materia contencioso administrativa.
Tras verificar que el recurso cumplía con los requisitos legales establecidos, el Tribunal decidió admitirlo formalmente. Además, se ordenó la notificación personal del auto al Agente del Ministerio Público con el...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.