Tribunal Administrativo de Boyacá confirma naturaleza salarial plena de la bonificación judicial para empleados de la Fiscalía General de la Nación
Proviene de: Sentencias
9 de junio de 2026 16:37:27
Contexto y competencia judicial
El Tribunal Administrativo de Boyacá, en su Sala de Decisión Tercera, conoció del recurso de apelación interpuesto por la entidad demandada contra la sentencia de primera instancia proferida por el Juzgado Administrativo Transitorio de Tunja el 30 de junio de 2021. La jurisdicción contencioso-administrativa es competente para resolver controversias originadas por actuaciones administrativas, en este caso relacionadas con la Fiscalía General de la Nación.
Antecedentes del caso
La demanda inicial fue presentada por dos servidores públicos que solicitaron la nulidad de dos actos administrativos emitidos por la Fiscalía General de la Nación, los cuales negaron el reconocimiento de la bonificación judicial como factor salarial para la liquidación de prestaciones sociales. La petición se fundamentó en que esta bonificación, creada mediante el Decreto 382 de 2013, debía considerarse parte integral del salario para todos los efectos legales y prestacionales, no solo para la base de cotización en salud y pensión, como establecía la norma reglamentaria.
La entidad demandada argumentó que la bonificación judicial tenía carácter salarial limitado exclusivamente a la base de cotización para salud y pensión, conforme a acuerdos colectivos y criterios de sostenibilidad fiscal establecidos en la Constitución Política. Además, sostuvo la validez del Decreto 382 de 2013 y negó la procedencia de reliquidar las prestaciones sociales con inclusión plena de dicha bonificación.
Consideraciones jurídicas
La Sala revisó exhaustivamente el concepto de salario conforme al artículo 53 de la Constitución Política, jurisprudencia de la Corte Constitucional y tratados internacionales ratificados, como los Convenios 95 y 100 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que forman parte del bloque de constitucionalidad. Se...
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