Tribunal Administrativo de Boyacá confirma carácter salarial pleno de la bonificación judicial en sentencia de segunda instancia
Proviene de: Sentencias
9 de junio de 2026 16:41:6
Contexto y tribunal competente
La providencia fue dictada por la Sala de Decisión Tercera Dual del Tribunal Administrativo de Boyacá, en el marco de un recurso de apelación presentado contra la sentencia de primera instancia expedida por el Juzgado Administrativo Transitorio de Tunja el 30 de agosto de 2021. El Tribunal Administrativo es competente para conocer controversias surgidas de actuaciones de entidades públicas, en este caso, la Nación – Rama Judicial.
Antecedentes del caso
La acción judicial se inició con la demanda contra actos administrativos mediante los cuales se negó el reconocimiento de la bonificación judicial —creada en el Decreto 383 de 2013— como factor salarial para la liquidación de prestaciones sociales. La demandante, servidora pública vinculada a la Rama Judicial, solicitó la nulidad de dichos actos y la reliquidación de sus prestaciones para incluir dicha bonificación en la base salarial, alegando que se trataba de un pago periódico y habitual que debía considerarse para todos los efectos laborales y prestacionales.
En primera instancia, el juzgado accedió parcialmente a la demanda, declarando la nulidad de los actos impugnados y ordenando la reliquidación de las prestaciones sociales con exclusión de cesantías y sus intereses. Sin embargo, el fallo restringió el carácter salarial de la bonificación judicial únicamente para efectos de cotización a pensión y salud, conforme al Decreto 383 de 2013.
La entidad demandada apeló solicitando revocar dicha decisión, argumentando la legalidad de la restricción impuesta en el decreto y la imposibilidad presupuestal de reconocer la bonificación como salario para efectos de prestaciones sociales.
Consideraciones del Tribunal Administrativo de Boyacá
El Tribunal confirmó la competencia de la jurisdicción...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.