Tribunal Administrativo de Boyacá confirma existencia de relación laboral encubierta en contrato con el Instituto Nacional de Vías (INVIAS)
Proviene de: Sentencias
9 de junio de 2026 16:53:51
Providencia y contexto procesal
El Tribunal Administrativo de Boyacá, en segunda instancia, resolvió el recurso de apelación interpuesto por el Instituto Nacional de Vías (INVIAS) contra la sentencia del Juzgado Séptimo Administrativo Oral del Circuito Judicial de Tunja, dictada el 22 de noviembre de 2022. La sentencia de primera instancia había accedido a las pretensiones de la demanda, reconociendo la existencia de una relación laboral pese a la formalidad de contratos de prestación de servicios.
Antecedentes fácticos y procesales
El demandante, quien prestó servicios en el campamento institucional del INVIAS en Boyacá desde marzo de 2002 hasta diciembre de 2019, fue vinculado mediante múltiples contratos de prestación de servicios. Durante este tiempo, desarrolló funciones permanentes y continuas de celaduría, mantenimiento, vigilancia y atención a visitantes, bajo instrucciones y supervisión directa de funcionarios de la entidad. Además, residía en el campamento para garantizar disponibilidad permanente.
A pesar de la continuidad y subordinación en la prestación del servicio, el INVIAS negó el reconocimiento de una relación laboral y el pago de acreencias laborales mediante un acto administrativo fechado en marzo de 2020. El demandante presentó la reclamación administrativa correspondiente y, ante la negativa, acudió a la jurisdicción contenciosa administrativa.
Consideraciones jurídicas y análisis de la Sala
El Tribunal ratificó el reconocimiento de una relación laboral encubierta, desvirtuando la presunción de legalidad de los contratos de prestación de servicios con base en el principio constitucional de primacía de la realidad sobre las formas. Se destacó que el vínculo se caracterizó por la prestación personal y continua del servicio, el pago de una remuneración mensual fija y, principalmente, la subordinación...
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