Contexto y naturaleza de la decisión
El pasado 15 de mayo de 2026, el Tribunal Administrativo de Boyacá, a través de su Despacho 1, emitió un auto mediante el cual admitió los recursos de apelación presentados por las partes en un proceso de reparación directa contra una entidad hospitalaria pública. La providencia se da en el marco de una acción de reparación directa cuyo fallo de primera instancia fue proferido por el Juzgado Once Administrativo Oral del Circuito Judicial de Tunja el 19 de diciembre de 2025.
Antecedentes fácticos y procesales
La demanda original fue presentada contra una Empresa Social del Estado (ESE) hospitalaria, con el fin de obtener una reparación directa. La sentencia de primera instancia accedió parcialmente a las pretensiones del demandante. En consecuencia, tanto la parte demandante como la entidad hospitalaria interpusieron oportunamente sus recursos de apelación, los cuales fueron presentados y sustentados dentro del término legal tras la notificación electrónica de la sentencia.
Consideraciones jurídicas principales
El Tribunal Administrativo de Boyacá fundamentó su decisión en varios aspectos clave:
- Competencia y procedencia: El proceso se tramitó inicialmente ante un juez administrativo en primera instancia, lo que hace apelable la sentencia conforme al artículo 243 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), modificado por la Ley 2080 de 2021.
- Oportunidad: La apelación se presentó dentro del plazo de diez días hábiles contados a partir de la notificación electrónica, de acuerdo con lo establecido en los artículos 247 y 205-2 del CPACA, también modificados por la Ley 2080 de 2021.
- Audiencia de conciliación: Aunque el fallo de primera instancia fue condenatorio y se...