Tribunal Administrativo de Boyacá confirma nulidad parcial en reliquidación de pensión de sobrevivientes del INPEC
Proviene de: Sentencias
9 de junio de 2026 17:8:33
Providencia de segunda instancia en proceso de nulidad y restablecimiento del derecho
La Sala de Decisión 1 del Tribunal Administrativo de Boyacá, en segunda instancia, resolvió los recursos de apelación interpuestos contra la sentencia proferida por el Juzgado Doce Administrativo Oral de Tunja que accedió parcialmente a las pretensiones de una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho contra la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP).
Antecedentes fácticos y procesales
La demanda fue instaurada por la beneficiaria de la pensión de sobrevivientes de un exfuncionario del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC), quien prestó servicios desde 1980 hasta 2002. La reclamación se originó por la negativa de la UGPP a reliquidar la pensión con base en el 75% del promedio de los salarios devengados en el último año de servicio, incluyendo diversos factores salariales contemplados en el Decreto 1045 de 1978.
En primera instancia, el juzgado declaró la nulidad parcial de las resoluciones administrativas que negaron la reliquidación y ordenó a la UGPP recalcular la pensión considerando los factores salariales correspondientes, además de pagar la diferencia retroactiva desde la fecha de reconocimiento de la pensión de sobrevivientes tras el fallecimiento del causante.
La UGPP apeló alegando que la liquidación se ajustó a lo previsto en la Ley 100 de 1993 y el Decreto 1158 de 1994, aplicables al régimen general y basados en los aportes efectivamente realizados durante los últimos diez años de servicio. Por su parte, la beneficiaria presentó apelación adhesiva solicitando que el retroactivo se pague desde mayo de 2020, fecha en que se presentó...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.