Tribunal Administrativo de Boyacá confirma responsabilidad del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio en pago de sanción moratoria por cesantías
Proviene de: Sentencias
9 de junio de 2026 17:24:37
Contexto y antecedentes del caso
El Tribunal Administrativo de Boyacá, en segunda instancia, estudió el recurso de apelación presentado por el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio contra una sentencia que accedió a las pretensiones de una demanda interpuesta por una docente oficial. La reclamación surgió tras la falta de respuesta expresa a una petición de pago de sanción moratoria por el pago extemporáneo de cesantías parciales. La docente solicitó el reconocimiento y pago de la sanción, junto con la actualización de valores e intereses moratorios.
El proceso inició con la solicitud de cesantías parciales presentada en septiembre de 2019, cuyo reconocimiento administrativo se expidió dentro del término legal. Sin embargo, el pago efectivo se realizó con retraso en enero de 2020, lo que motivó la reclamación administrativa por la sanción moratoria asociada a dicho retardo.
Argumentos procesales y posición de las partes
El Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio negó su responsabilidad en el pago de la sanción moratoria, argumentando que la demora se originó en la entidad territorial certificada en educación, responsable del reconocimiento y notificación del acto administrativo. También planteó la prescripción extintiva del derecho por haberse presentado la reclamación fuera del término legal de tres años. Por su parte, la entidad territorial y la fiduciaria Fiduprevisora S.A. también se desligaron de la responsabilidad, señalando que la mora correspondía al Fondo y que no tenían legitimación para asumir el pago.
El juzgado de primera instancia concluyó que, si bien el acto administrativo de reconocimiento se expidió oportunamente, el pago tardío fue atribuible al Fondo, por lo que correspondía el reconocimiento...
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