Consejo de Estado confirma rechazo de demanda por caducidad en controversia contractual contra municipio
Proviene de: Sentencias
10 de junio de 2026 19:22:46
Contexto y tribunal competente
La providencia judicial fue emitida por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Subsección B, del Consejo de Estado, en segunda instancia, en el marco de un recurso de apelación contra un auto del Tribunal Administrativo de Antioquia. El caso se enmarca dentro de controversias contractuales reguladas por la Ley 1437 de 2011, modificada por la Ley 2080 de 2021.
Antecedentes del caso
El litigio surgió tras la presentación de una demanda el 31 de octubre de 2024 por parte de un particular contra un municipio, cuestionando el incumplimiento de obligaciones contractuales derivadas de un contrato de compraventa de un predio. En el contrato, el municipio adquirió un terreno con la finalidad expresa de construir una vía pública. Sin embargo, la obra nunca se ejecutó y el inmueble fue destinado a un uso distinto, específicamente arrendado para actividades comerciales.
El Tribunal Administrativo de Antioquia inicialmente rechazó la demanda por considerarla improcedente, argumentando que se trató de una venta voluntaria y no de una expropiación administrativa. Posteriormente, la Sección Primera del Consejo de Estado revocó esta decisión, ordenando tramitar la demanda conforme al medio de control adecuado, es decir, controversias contractuales.
No obstante, en una providencia posterior, el tribunal de primera instancia rechazó la demanda por caducidad, señalando que el término de dos años para presentar la acción, previsto en el artículo 164 literal j) de la Ley 1437 de 2011, había expirado. El conteo del término comenzó desde la fecha de inscripción del contrato y, en alternativa, desde la fecha en que el demandante presentó un derecho de petición para solicitar información...
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