Contexto y tribunal competente
El Consejo de Estado, máxima autoridad en materia contencioso administrativa en Colombia, profirió un auto en segunda instancia el 2 de junio de 2026, en el marco de un proceso de nulidad simple instaurado contra la Nación – Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. El litigio involucra también al Municipio de Restrepo (Meta) en calidad de tercero vinculado. La acción se dirige contra la Resolución No. 459 de 2009, dictada por el IFI (actualmente liquidado), que transfirió bienes inmuebles ubicados en el sector Salinas de Upín.
Antecedentes fácticos y procesales
El demandante cuestiona la legalidad del acto administrativo por múltiples causales: infracción de normas sustanciales, expedición irregular, violación del derecho de audiencia y defensa, falsa motivación y desviación de atribuciones. Se alega que ni el IFI ni su concesión ostentaban legítimo derecho de dominio sobre el bien transferido, ya que el inmueble corresponde a una reserva minera sin titular inscrito. Además, se denuncia que la actuación administrativa no notificó a los arrendatarios afectados, vulnerando garantías procesales fundamentales.
En cuanto al proceso, el Consejo de Estado abrió etapa probatoria para valorar documentos y oficios solicitados por las partes, así como para oficiar a diversas entidades para la aportación de información clave. La entidad demandada sostuvo que la transferencia no implicó transmisión de dominio sino de una reserva legal, y que la obligación de notificar a los arrendatarios correspondía al Municipio de Restrepo.
Consideraciones jurídicas y fundamento de la decisión
La Sala enfatizó los criterios jurisprudenciales sobre la pertinencia, utilidad y conducencia de la prueba, estableciendo que:
- Pertinencia: la prueba debe relacionarse directamente con los...