Consejo de Estado decide sobre excepción previa de caducidad en proceso de nulidad contra resolución de la SIC
Proviene de: Sentencias
10 de junio de 2026 19:23:3
Contexto y tribunal competente
El auto interlocutorio fue emitido por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, del Consejo de Estado, que conoce en segunda instancia los procesos contencioso administrativos. La providencia resuelve sobre excepciones previas dentro de un medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, interpuesto contra una resolución expedida por la Superintendencia de Industria y Comercio.
Antecedentes del caso
Una sociedad demandante interpuso demanda de nulidad contra la resolución mediante la cual la Superintendencia concedió un certificado de depósito para un nombre comercial a una tercera empresa con interés en el proceso. Inicialmente, la demanda fue inadmitida, pero luego fue subsanada y admitida por el despacho judicial competente.
La entidad demandada presentó como excepción previa la caducidad del medio de control, argumentando que la demanda fue presentada fuera del término legal de cuatro meses establecido en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA). Según la Superintendencia, el acto administrativo controvertido fue publicado en julio de 2017, mientras que la demanda fue presentada en una fecha posterior a los plazos legales.
Consideraciones jurídicas de la providencia
El Consejo de Estado recordó que las excepciones previas buscan acreditar el incumplimiento de requisitos procedimentales que pueden impedir la continuación del proceso. En particular, la excepción de caducidad impugna la oportunidad con la que se presentó la demanda.
De acuerdo con el artículo 164 del CPACA, el medio de control de nulidad debe ejercerse dentro de los cuatro meses siguientes a la notificación o publicación del acto administrativo. En este caso, aunque la resolución no fue notificada directamente a la sociedad demandante,...
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