Consejo de Estado confirma negación de medida cautelar sobre juzgados de descongestión en jurisdicción penal
Proviene de: Sentencias
10 de junio de 2026 19:23:31
Contexto y tribunal competente
La providencia objeto de análisis fue emitida por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, del Consejo de Estado, en la instancia de revisión de un recurso de reposición contra un auto que negó una medida cautelar. La demanda fue interpuesta en ejercicio del medio de control de nulidad simple contra la Rama Judicial – Dirección Ejecutiva de Administración Judicial del Consejo Superior de la Judicatura (CSJ).
Antecedentes fácticos y procesales
El demandante cuestionó la validez de varios acuerdos administrativos emitidos entre 2007 y 2023, mediante los cuales el Consejo Superior de la Judicatura creó y prorrogó la existencia de juzgados de descongestión en la jurisdicción penal, especialmente para atender procesos relacionados con homicidios y actos de violencia contra dirigentes sindicales. Se alegó que dichos acuerdos violaban la reserva de ley, las normas de competencia del Código de Procedimiento Penal (CPP) y el principio de juez natural, pues se habría creado una nueva categoría de jueces con competencia material y territorial exclusiva a nivel nacional, denominada “juzgados OIT”.
La demanda fue admitida y se solicitó la suspensión provisional de los actos administrativos cuestionados. El despacho sustanciador negó la medida cautelar inicialmente, considerando que el Consejo Superior de la Judicatura tenía competencia para expedir dichos actos en virtud del artículo 63 de la Ley 270 de 1996, que autoriza la creación temporal de cargos judiciales para casos de congestión.
Consideraciones jurídicas de la providencia
El auto confirmado destaca que la creación de juzgados de descongestión no implica la constitución de una jurisdicción especializada o autónoma, sino una medida transitoria orientada a descongestionar...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.