Consejo de Estado extiende efectos de sentencia sobre asignación de retiro para soldados profesionales
Proviene de: Sentencias
10 de junio de 2026 19:23:23
Providencia dictada por la Sección Segunda del Consejo de Estado
El Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Segunda - Subsección B, mediante auto proferido el 14 de mayo de 2026, resolvió una solicitud de extensión de jurisprudencia presentada contra la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares (CREMIL). El mecanismo judicial utilizado permite extender los efectos de una sentencia de unificación jurisprudencial a casos con situaciones fácticas y jurídicas idénticas, evitando la necesidad de iniciar procesos judiciales ordinarios para reclamos similares.
Antecedentes fácticos y procesales
El solicitante, que prestó servicios en el Ejército Nacional durante 21 años en calidad de soldado profesional, interpuso una solicitud administrativa dirigida a CREMIL para que se le aplicara la fórmula correcta de liquidación de su asignación de retiro conforme a la sentencia CE-SUJ2-015-19 del 25 de abril de 2019. Esta sentencia había unificado criterios sobre la interpretación del artículo 16 del Decreto 4433 de 2004, estableciendo que la asignación de retiro debe calcularse con la fórmula: (salario x 70%) + (salario x 38.5%) = asignación de retiro, siendo la prima de antigüedad calculada sobre el 100% del salario básico mensual.
CREMIL inicialmente negó la solicitud aduciendo que existía cosa juzgada debido a un desistimiento presentado en un proceso judicial previo. Sin embargo, el Consejo de Estado precisó que el desistimiento no implica pronunciamiento de fondo ni cosa juzgada material, por lo que la vía de extensión de jurisprudencia es procedente.
Consideraciones jurídicas y fundamento de la decisión
La Sala recordó que el mecanismo de extensión de jurisprudencia, previsto en los artículos 102 y 269 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), busca garantizar la igualdad en el trato, la seguridad jurídica y la economía procesal, al aplicar de manera uniforme los criterios definidos en sentencias de unificación del Consejo de Estado.
Se verificó que el solicitante cumple con los requisitos legales para acceder a este mecanismo: se encuentra en idénticos supuestos fácticos y jurídicos respecto del caso resuelto en la sentencia de unificación, presentó la solicitud oportunamente y aporta pruebas que acreditan su situación.
La sentencia de unificación en cuestión estableció que la asignación de retiro de soldados profesionales debe liquidarse tomando el 70% del salario mensual más el 38.5% correspondiente a la prima de antigüedad calculada sobre el 100% del salario básico, y que CREMIL es la entidad legitimada para efectuar dicho reajuste.
En el caso concreto, se constató que la asignación fue liquidada incorrectamente, aplicando la prima de antigüedad sobre el 70% del salario y no sobre el 100%, lo que generó un detrimento en los derechos del solicitante.
Por lo tanto, el Consejo de Estado ordenó a CREMIL la reliquidación y pago del reajuste de la asignación de retiro conforme a la fórmula establecida, incluyendo la actualización monetaria correspondiente, y autorizó los descuentos necesarios por aportes no realizados.
Conclusiones de la Sala y efectos de la decisión
El Consejo de Estado extendió así los efectos de la sentencia de unificación al solicitante, garantizando la correcta aplicación del artículo 16 del Decreto 4433 de 2004 en la liquidación de la asignación de retiro. Además, se aclaró que no procede condena en costas, dado que la solicitud resultó procedente conforme a la ley.
Esta providencia refuerza la función del mecanismo de extensión de jurisprudencia como herramienta para la unificación del derecho y la protección efectiva de los derechos pensionales de los soldados profesionales, contribuyendo a la coherencia y seguridad del sistema jurídico en materia administrativa. De esta manera, se asegura que los miembros de las Fuerzas Militares reciban un trato justo y equitativo en el reconocimiento de sus prestaciones sociales al momento del retiro, fortaleciendo la confianza en las instituciones y el cumplimiento de sus obligaciones legales.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.