Contexto y tribunal que profiere el auto
La providencia fue emitida por la Sección Tercera, Subsección B, de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en calidad de tribunal de instancia, mediante un auto que resuelve un recurso de reposición interpuesto contra una decisión previa sobre un recurso extraordinario de anulación.
Antecedentes fácticos y procesales
El origen del conflicto se remite a un laudo arbitral dictado en diciembre de 2024 por un tribunal arbitral, constituido para resolver una disputa contractual entre el Distrito Capital y dos sociedades, en calidad de convocadas. En dicho laudo, se negaron las pretensiones de la demanda y se condenó al Distrito Capital a pagar costas a ambas sociedades, con montos diferenciados.
Posteriormente, una de las sociedades interpuso recurso extraordinario de anulación contra la condena en costas que le fue impuesta, solicitando además que los efectos del recurso se extendieran a la condena en costas de la otra sociedad. Esta última intentó coadyuvar el recurso, argumentando que ambas forman parte de un litisconsorcio necesario y que, por tanto, las actuaciones de una deben favorecer a la otra.
El despacho de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en auto de mayo de 2025, admitió parcialmente el recurso extraordinario de anulación, rechazó la extensión de sus efectos al ordinal relativo a la otra sociedad y negó la solicitud de coadyuvancia.
Consideraciones jurídicas y fundamentos de la decisión
El Consejo de Estado confirmó el auto recurrido, argumentando que:
- Intervención procesal y coadyuvancia: La figura de la coadyuvancia, regulada en el artículo 71 del Código General del Proceso (CGP), no es...