Consejo de Estado confirma orden de cumplimiento para expedir Ruta de Atención al Maltrato Animal por parte del SINAPYBA
Proviene de: Sentencias
10 de junio de 2026 19:24:14
Contexto y tribunal competente
La Sala Quinta del Consejo de Estado, en ejercicio de su competencia para conocer recursos de impugnación contra sentencias de tribunales administrativos en segunda instancia, conoció y decidió el recurso interpuesto contra la sentencia del Tribunal Administrativo de Caldas, proferida el 13 de abril de 2026, en el marco de una acción de cumplimiento promovida por la Personería Municipal de Manizales.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se originó a partir de una demanda presentada por la Personería Municipal de Manizales, en ejercicio de la acción de cumplimiento prevista en el artículo 87 de la Constitución y desarrollada por la Ley 393 de 1997. La demanda se dirigió contra los integrantes y actores del SINAPYBA, que incluye el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, el Ministerio de Salud y Protección Social, el Ministerio de Transporte y el Departamento Nacional de Planeación.
El objeto de la acción fue exigir el cumplimiento del artículo 24 de la Ley 2455 de 2025, conocido como "Ley Ángel", que establece la obligación de expedir los lineamientos para la creación de la Ruta de Atención al Maltrato Animal dentro del término máximo de seis meses desde la entrada en vigencia de la ley, plazo que venció en octubre de 2025 sin que se hubieran expedido dichos lineamientos.
Se acreditó que, debido a la falta de estos lineamientos, el municipio de Manizales no ha adoptado formalmente la ruta requerida, lo que ha evidenciado vacíos en la articulación interinstitucional y en los protocolos para la atención integral y oportuna de casos de...
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