Consejo de Estado resuelve sobre sanción impuesta a comandante del Batallón de Despliegue Rápido No. 12 por incumplimiento de orden judicial
Proviene de: Sentencias
10 de junio de 2026 19:24:19
Contexto y tribunal competente
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera del Consejo de Estado, recibió el expediente remitido en consulta por el Tribunal Administrativo del Cauca, en el cual se analiza la sanción impuesta a un oficial que ejerce como comandante del Batallón de Despliegue Rápido No. 12 del Ejército Nacional. Este caso se encuentra en la instancia de revisión dentro del proceso contencioso administrativo.
Antecedentes fácticos y procesales
Un soldado profesional adscrito al Batallón de Despliegue Rápido No. 12 sufrió lesiones durante el cumplimiento de una orden operativa en el municipio de Argelia, Cauca, en enero de 2025. Para adelantar un proceso de reparación directa, el afectado, mediante apoderada, solicitó mediante derecho de petición la entrega de documentos relacionados con el incidente.
El comandante del Batallón respondió parcialmente, entregando algunos documentos y declarando como reservados otros, amparándose en la Ley 1621 de 2013 que protege la información operacional e inteligencia. Ante la negativa a certificar la existencia y custodia de dichos documentos, se interpuso un recurso de insistencia.
El Tribunal Administrativo del Cauca declaró parcialmente fundado el recurso y ordenó al Ejército Nacional certificar la existencia y custodia de los documentos en cuestión. Al incumplirse esta orden, se abrió un incidente de desacato que culminó con la imposición de una multa equivalente a un salario mínimo legal mensual vigente al comandante del Batallón. Además, se ordenó remitir copias a la Fiscalía General de la Nación por una posible conducta de fraude a resolución judicial y se elevó consulta ante el Consejo de Estado.
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