Consejo de Estado ordena devolver expediente por error en trámite de recurso de apelación en caso de bonificación por compensación
Proviene de: Sentencias
10 de junio de 2026 19:24:38
Contexto y tribunal competente
El auto fue proferido por el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Segunda - Subsección B, en ejercicio de control de nulidad y restablecimiento del derecho. La instancia corresponde a la revisión de un recurso de apelación interpuesto contra una sentencia condenatoria emitida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en un proceso relacionado con la bonificación por compensación regulada en el Decreto 610 de 1998.
Antecedentes del caso
El litigio se originó con la demanda presentada contra la Nación, representada por la Rama Judicial a través de la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial, sobre el reconocimiento de una bonificación por compensación. En primera instancia, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca profirió sentencia condenatoria a favor del demandante.
Posteriormente, la entidad demandada interpuso recurso de apelación en los años 2019 y 2020. Conforme a la normativa vigente para la fecha, específicamente el inciso cuarto del artículo 192 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), era obligatorio citar a audiencia de conciliación antes de admitir la apelación.
Consideraciones y razones de la decisión
Sin embargo, el Tribunal concedió el recurso de apelación mediante auto en agosto de 2021 sin haber realizado la audiencia de conciliación previa, aplicando erradamente la Ley 2080 de 2021. Esta omisión vulneró el debido proceso, el derecho de acceso a la administración de justicia y las garantías de impugnación, previstas en los artículos 29 y 228 de la Constitución Política y en la Ley 270 de 1996.
En segunda instancia, el conjuez ponente admitió el recurso sin subsanar esta irregularidad. Por ello, el Consejo de...
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