Consejo de Estado rechaza ampliación extemporánea de recurso en proceso de reparación directa contra la Nación
Proviene de: Sentencias
10 de junio de 2026 19:24:49
Contexto y antecedentes del caso
El Tribunal Administrativo de Nariño conoció inicialmente la demanda de reparación directa interpuesta por una Unión Temporal contra la Nación - Rama Judicial, por presunto error judicial relacionado con la suspensión de un contrato de concesión celebrado con el municipio de Ipiales. En sentencia anticipada, el Tribunal negó las pretensiones al considerar que no se acreditó el daño antijurídico.
Posteriormente, la parte demandante interpuso recurso de apelación, solicitando además el decreto de pruebas en segunda instancia, argumentando que la sentencia de primera instancia no valoró adecuadamente ciertos documentos, entre ellos un auto del Consejo de Estado y el contrato de concesión. El Tribunal concedió la apelación, y el proceso pasó a conocimiento del Consejo de Estado.
Decisión del Consejo de Estado
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado tuvo a su cargo resolver sobre la admisibilidad de un memorial presentado como “ampliación del recurso de apelación” y las solicitudes probatorias formuladas durante el trámite de la impugnación.
En primer lugar, el despacho determinó que la ampliación del recurso de apelación fue presentada fuera del término legal establecido en el artículo 247 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), modificado por la Ley 2080 de 2021. El término para interponer y sustentar la apelación era de diez días siguientes a la notificación de la sentencia de primera instancia, venciendo el plazo el 11 de abril de 2025. El memorial de ampliación fue radicado el 19 de enero de 2026, por lo que fue rechazado por extemporáneo.
En relación con las pruebas solicitadas, el Consejo examinó...
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