Consejo de Estado remite proceso ejecutivo por reparación directa a la Sección Tercera por regla de conexidad
Proviene de: Sentencias
10 de junio de 2026 19:24:50
Contexto y antecedentes del proceso
El Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, recibió para decisión un recurso de apelación interpuesto contra un auto del Tribunal Administrativo de Santander, relacionado con la liquidación de crédito en un proceso ejecutivo para el cobro de una sentencia de reparación directa. Dicha sentencia declaró la responsabilidad patrimonial extracontractual del Estado por privación injusta de la libertad.
Los demandantes promovieron la demanda ejecutiva contra la Fiscalía General de la Nación, solicitando el pago de una suma determinada, intereses moratorios y costas procesales. El Tribunal Administrativo libró mandamiento de pago y ordenó continuar con la ejecución. Posteriormente, modificó la liquidación del crédito y concedió el recurso de apelación presentado por la parte demandada. El expediente fue remitido al Consejo de Estado para resolver la alzada.
Consideraciones jurídicas y competencia
El despacho ponente señaló que el asunto corresponde a la ejecución de una sentencia dentro del medio de control de reparación directa, materia competencia de la Sección Tercera de la Corporación. Se recordó que esta sección ha unificado criterios sobre la competencia para conocer procesos relacionados con el cumplimiento de sentencias judiciales, estableciendo que se aplica el factor de conexidad: el juez que profirió la providencia declarativa en primera instancia es competente para conocer el proceso ejecutivo que busca su cumplimiento.
La decisión se basa en una interpretación armónica de los artículos 156.9 y 298 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), junto con los artículos 306 y 307 del Código General del Proceso (CGP). Estas normas configuran la competencia por conexidad para la...
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