Consejo de Estado confirma nulidad y restablecimiento de derechos en proceso contra la Nación – Rama Judicial
Proviene de: Sentencias
10 de junio de 2026 19:22:16
Providencia emitida por Tribunal Administrativo de Caldas en segunda instancia
El Tribunal Administrativo de Caldas, en su Sala de Conjueces, avocó conocimiento del proceso mediante auto de sustanciación fechado el 5 de mayo de 2026. Esta decisión se basa en la sentencia emitida por el Consejo de Estado que resolvió el recurso de alzada presentado contra una decisión primaria de la Rama Judicial, específicamente de la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial (DEAJ).
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se originó por la impugnación de actos administrativos emitidos por la Dirección Seccional de Administración Judicial y la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial, que negaron el reconocimiento y pago de ciertos conceptos salariales y aportes a seguridad social a una funcionaria vinculada a la Rama Judicial, quien desempeñó cargos como juez municipal, juez de circuito y magistrada de Tribunal Superior. La reclamación giraba en torno al reconocimiento del 100% de la remuneración mensual sin descontar el 30% correspondiente a la prima especial de servicios, así como a la reliquidación de aportes pensionales y de salud desde la vigencia de la Ley 4 de 1992 y otros decretos y leyes posteriores.
Consideraciones y fundamentos de la decisión del Consejo de Estado
El Consejo de Estado confirmó parcialmente la sentencia proferida por la Sala Transitoria del Tribunal Administrativo del Valle del Cauca en septiembre de 2024, que declaró probada la excepción de prescripción extintiva respecto a ciertos reajustes salariales y prestacionales. De manera específica, se confirmó que las reclamaciones relacionadas con el incremento del 30% por prima especial de servicios y reajustes basados en la asignación básica...
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