Tribunal Administrativo del Chocó declara impedimento a magistrado por vínculo familiar con demandado
Proviene de: Sentencias
11 de junio de 2026 16:13:3
Contexto y competencia del tribunal
El auto fue proferido por la Sala Segunda de Decisión del Tribunal Administrativo del Chocó, en segunda instancia, con ponencia de la magistrada encargada de la sala. La competencia para resolver el impedimento se estableció a partir de un acuerdo de recomposición de las salas ordinarias del tribunal, en virtud del cual esta sala asumió la decisión desde el primero de febrero de 2026.
Antecedentes fácticos y procesales
El magistrado objeto del impedimento presentó un memorial manifestando su imposibilidad para conocer del proceso de reparación directa instaurado contra una universidad estatal. Fundó su impedimento en que su hijo se encuentra vinculado laboralmente a la universidad en un cargo de carrera administrativa y además ostenta la presidencia del sindicato de trabajadores de dicha institución. Asimismo, la esposa de su hijo ocupa un cargo directivo importante dentro de la universidad. Estas circunstancias, según lo señalado, generan una relación de afinidad que compromete su imparcialidad para resolver el asunto.
Fundamentos jurídicos y consideraciones de la providencia
La Sala Segunda recordó que los impedimentos son mecanismos legales destinados a garantizar la imparcialidad de los funcionarios judiciales, asegurando que no existan intereses directos o indirectos que puedan afectar la recta administración de justicia. Conforme al numeral 1 del artículo 141 del Código General del Proceso y al artículo 130 del CPACA, el magistrado debe declararse impedido cuando existan vínculos familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad con alguna de las partes o personas relacionadas en el proceso.
En este caso, la vinculación laboral del hijo del magistrado con la universidad demandada y...
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